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Presentan iniciativa en el Senado para que mujeres hagan el servicio militar
 
Periódico La Jornada
Jueves 12 de diciembre de 2019, p. 12

El Senado aprobó ayer reformas a la Ley del Servicio Militar y derogó su artículo 60, que establecía que las autoridades de Migración están obligadas a exigir a todos los mexicanos que pretendan salir del país presentar la autorización respectiva. El incumplimiento de este precepto sujeta al infractor a la pena de dos a seis meses de suspensión del empleo.

El dictamen aprobado destaca que el principal componente del artículo derogado era la restricción al derecho al libre tránsito, lo que va contra lo estipulado en la Constitución y en la Ley de Migración vigente, pues la misma determina que las limitaciones para salir del país se establecerán en la Carta Magna, los tratados y convenios internacionales de los cuales sea parte el Estado mexicano, en esta ley y las demás disposiciones aplicables.

El libre tránsito es un derecho de toda persona y es deber de cualquier autoridad promoverlo y respetarlo.

De igual forma, refiere: por lo que se puede concluir que el artículo materia del presente dictamen no sólo se encuentra en desuso, sino que es contrario a diversas normas de mayor jerarquía, por lo que debe ser derogado de la Ley del Servicio Militar.

Durante la sesión, la senadora Nancy de la Sierra (PT) presentó una iniciativa para adicionar un segundo párrafo a la fracción II del artículo 31 constitucional, con el propósito de que las mujeres también tengan obligación de prestar el servicio militar, como hacen los hombres, al cumplir 18 años.

Recordó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha establecido que la Ley del Servicio Militar obliga tanto a mujeres como a hombres a realizarlo. No obstante, dijo, el Ejecutivo federal no ha emitido un reglamento para esa legislación o alguna otra disposición administrativa que haga efectivo el fallo de la Corte hacia ese sector de la población.

Además, el pleno aprobó reformas a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos para sancionar con prisión de dos a cinco años a quien dolosamente no reporte a la Secretaría de la Defensa Nacional el robo, extravío o destrucción de un artefacto de su propiedad”.