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Concede la SCJN amparo a dos solicitantes de asilo para quedarse en México
 
Periódico La Jornada
Jueves 31 de octubre de 2019, p. 20

La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió dos amparos a favor de un par de solicitantes de refugio, cuya petición había sido negada por las autoridades bajo el argumento de que habían sido presentadas fuera del plazo legal establecido.

Con esta resolución se pone en duda el plazo de 30 días que se da a los solicitantes, indicó José Luis Caballero, director del Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana, de la cual depende la Clínica Jurídica para Refugiados Alaide Foppa, instancia que asesora a quienes piden ese beneficio.

Aunque no se logró declarar inconstitucional una regla establecida en la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político –que limitaba la presentación de la solicitud a este plazo a partir del momento en que ingresaban al país–, sí se logró al menos que les fuera retirado el obstáculo temporal para pedir asilo, con las garantías de ser escuchadas y no deportadas a su país, donde corren peligro de perder la vida.

La sentencia obliga a la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) a analizar de forma individual la situación de cada uno, a no exigir pruebas y flexibilizar consideraciones para reconocer que está obligada a analizar los casos.