Sociedad y Justicia
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Rechaza la Semarnat las observaciones de grupos civiles a su proyecto de norma ambiental

Ex director de la Cámara Minera de México señaló que corresponde a la Ssa vigilar la calidad del aire

 
Periódico La Jornada
Miércoles 30 de octubre de 2019, p. 40

En su respuesta a los comentarios hechos al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-172-Semarnat-2017 sobre los lineamientos para la obtención y comunicación del Índice de Calidad del Aire y Riesgos a la Salud, con los que se establecen los intervalos de concentración de los contaminantes en el aire y su nivel de riesgo para la salud, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) rechazó la mayoría de las recomendaciones presentadas por integrantes de cámaras del sector productivo y de organizaciones ambientalistas.

Sin embargo, aceptó parcialmente propuestas presentadas por especialistas con la finalidad de fortalecer el sustento científico que incluye en la norma sobre los efectos a la salud que genera la contaminación atmosférica.

En el documento, publicado ayer en el Diario Oficial de la Federación, la dependencia federal rechazó las propuestas presentadas por Sergio Almazán Esqueda, ex director de la Cámara Minera de México, quien solicitó la cancelación de la norma al considerar que es a la Secretaría de Salud (Ssa) a quien corresponde definir los límites de calidad del aire y los riesgos que conlleva la contaminación, y no a la Semarnat.

La dependencia destacó que la citada norma tiene por objeto informar y difundir el estado de la calidad del aire con base en los valores de concentración establecidos en las Normas Oficiales Mexicanas expedidas por la Ssa en materia de contaminantes criterio, así como en disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

También se consideraron como no procedentes las propuestas presentada por Gustavo Ampugnani, director de Greenpeace México, quien, entre otros temas, demandó incluir que los gobiernos estatales y municipales que operen sistemas de monitoreo atmosférico y que deban difundir el índice de Calidad del Aire y Riesgos a la Salud en las zonas donde operan, lo comuniquen masivamente a la población a través de redes sociales, aplicaciones y medios de comunicación, a fin de garantizar el derecho de la población a estar informada.

Al respecto, la dependencia destacó que la norma ya establece que el índice de aire y salud se pondrá a disposición de la población en la página electrónica y cualquier otro medio de difusión que para el efecto establezca la autoridad responsable de cada sistema de monitoreo de calidad del aire.

La Sermarnat sólo consideró como procedente parcialmente, lo propuesto por Beatriz Cárdenas González, experta en temas ambientales, quien solicitó incluir un marco científico y regulatorio sobre la necesidad de un índice de calidad del aire basado en salud, así como las motivaciones que llevaron a su diseño.