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Libres 2 reos con 17 años en prisión preventiva
Corresponsal
Periódico La Jornada
Sábado 24 de agosto de 2019, p. 10

Tlalnepantla, Méx., Daniel García Rodríguez y Reyes Alpizar Ortiz salieron en libertad la noche de este viernes luego de pasar 17 años en prisión preventiva en espera de una sentencia que nunca llegó por el homicidio calificado de la ex regidora de Atizapán de Zaragoza, María de los Ángeles Tames, ocurrido el 5 de septiembre de 2001.

A las 22:38 horas, Daniel y Reyes salieron por la aduana del penal de Barrientos, donde eran esperados por familiares, amigos e integrantes de organizaciones civiles como Pena sin culpa, que acompañó a la defensa.

Desde el jueves, la Subdirección de Medidas Cautelares del sistema penitenciario mexiquense solicitó los requisitos para cumplir el cambio de la medida cautelar por el de juicio en libertad con brazalete electrónico y una línea telefónica convencional fija y activa en el domicilio en el que se llevará a cabo el monitoreo de los acusados, entre otras medidas.

Daniel y Reyes fueron encarcelados en 2002 y la medida cautelar de prisión preventiva se prolongó hasta la noche de ayer, una situación irregular e inconstitucional, pues la Carta Magna estipula que esta no puede prolongarse más de dos años.

Familiares y la defensa legal de los imputados han insistido que ambos hombres no cometieron el delito. Recurrieron a representaciones sociales como el Colectivo Pena sin culpa #NiUnDiaMas, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y al Grupo de Detenciones Arbitrarias de la Organización de las Naciones Unidas.

En 2017, el Grupo de la ONU recomendó la liberación inmediata e incondicional de Daniel García y Reyes Alpízar basado en que fueron detenidos sin mandamiento judicial porque no había pruebas en su contra y fueron arraigados inconstitucionalmente.

El lunes reciente, el juez penal de primera instancia del distrito judicial de Tlalnepantla, Felipe Landeros Herrera, consideró que en materia de derecho penal y constitucional el delito de homicidio calificado ameritaba prisión preventiva oficiosa, sin embargo, dijo que debía existir petición formal del titular de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) para modificar la medida cautelar.