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Juez niega amparo para prisión domiciliaria a Miguel Félix Gallardo

Fue sentenciado en 2017 por el asesinato de Kiki Camarena

 
Periódico La Jornada
Viernes 10 de mayo de 2019, p. 12

Un tribunal colegiado en materia penal de Jalisco negó un amparo a Miguel Ángel Félix Gallardo, El Jefe de Jefes, fundador del cártel de Guadalajara, con el que buscaba la prisión domiciliaria.

Félix Gallardo recibió sentencia definitiva el 23 de agosto de 2017, 28 años después de haber sido detenido por el secuestro y homicidio del agente de la DEA Enrique Kiki Camarena y del piloto Alfredo Zavala Avelar, por lo que el tribunal consideró que el amparo que había ganado fue antes de ser sentenciado, y lo dejó sin efectos.

“Debido a que en la causa penal de origen se dictó sentencia definitiva el 23 de agosto de 2017 por homicidio calificado, al que se le subsumió el diverso de privación ilegal de la libertad en su modalidad de plagio o secuestro, misma que fue confirmada el 15 de febrero de 2018 por el segundo tribunal unitario del tercer circuito.

Tomando en consideración que hubo un cambio de situación jurídica, pues de procesado pasó a sentenciado, no era posible cumplir el amparo concedido tal como determinó la autoridad responsable, explicó.

El poderoso cártel de Guadalajara fue fundado en los setentas por Félix Gallardo; Rafael Caro Quintero, El Narco de Narcos, y Ernesto Fonseca Carrillo, Don Neto.

Años después –febrero de 1985– fue secuestrado y asesinado el agente de la DEA junto con el piloto. Los señalados eran los líderes del cártel de Guadalajara.

En diciembre de 1989, Caro Quintero fue sentenciado a 40 años de prisión por esos hechos. El 7 de agosto de 2013, el primer tribunal colegiado ordenó su libertad.

Mientras, el 27 de julio de 2016, Fonseca Carrillo abandonó el Penal de Puente Grande, en Jalisco, para ser trasladado a un domicilio y cumplir con lo que resta de la sentencia de 40 años de encierro.

En agosto de 2017, Félix Gallardo fue sentenciado a 37 años de cárcel; además, el juzgador fijó como reparación del daño a la familia de las víctimas un monto de 20 millones de pesos, pero fue absuelto por el delito contra la salud en su modalidad de posesión de cocaína con fines de comercialización.