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Ley de Adquisiciones prevé rembolsar gastos tras la cancelación de contratos
 
Periódico La Jornada
Sábado 27 de abril de 2019, p. 4

La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público contempla la posibilidad de que las autoridades den por terminados contratos que ya se habían otorgado, pero al mismo tiempo establece una serie de requisitos para que dicha facultad sea ejercida.

Ayer, en su conferencia de prensa matutina, el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció que pedirá a las instancias correspondientes que buscaran la forma de cancelar el contrato que ya había obtenido la empresa Bio Pappel --propiedad de su compadre Miguel Rincón-- para la elaboración de libros de texto gratuitos.

“Nosotros no sólo somos honestos, queremos que se sepa, que no quede ninguna duda de nuestra integridad. Es ser y parecer, y esto aplica en todo. Él ganó la licitación (pública) legalmente, pero quiero que se cancele para que la gente no piense mal, no darles de qué hablar a mis adversarios", indicó el mandatario federal.

A propósito de ello, la mencionada ley establece en su artículo 54 bis que las autoridades podrán dar por terminados de forma anticipada los contratos que haya otorgado cuando concurran razones de interés general o se demuestre que se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al contrato.

Sin embargo, también menciona que lo anterior debe hacerse con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública.

En estos casos, aclara el artículo, la dependencia o entidad rembolsará al proveedor los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato correspondiente.

Al respecto, López Obrador mencionó que la cancelación del contrato obtenido por licitación pública por la empresa de Miguel Rincón no es contraria a la ley, aunque no explicó cuáles son los fundamentos legales que se invocarán para realizar dicho acto.

El Tren México-Querétaro

Un antecedente importante en este ámbito es la cancelación, por parte del gobierno de Enrique Peña Nieto en 2014, de los contratos para construir el Tren México-Querétaro ganados por el consorcio encabezado por la empresa estatal china CRCC.

Luego de que se documentó en investigaciones periodísticas que en el mencionado consorcio empresarial participaba también Grupo Higa, propiedad de Juan Armando Hinojosa Cantú –uno de los principales abastecedores de Peña Nieto desde su época como gobernador del estado de México–-, el gobierno federal canceló los contratos, por lo que debió pagar 16 millones de dólares de compensación a CRCC.