Sociedad y Justicia
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Dejarlo fuera de la norma perpetuaría inseguridad de pacientes

Ignorar cultivo casero de mariguana en el reglamento sería un error: ONG
 
Periódico La Jornada
Lunes 4 de junio de 2018, p. 39

El reglamento de la Ley General de Salud en materia de control sanitario de la cannabis y sus derivados continúa en revisión y se analizan alrededor de 150 comentarios enviados por particulares y organizaciones civiles, en las cuales plantean peticiones como que se permita el autocultivo de mariguana para el tratamiento de sus enfermedades.

En los escritos enviados a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer), donde se puso a consideración de la ciudadanía el anteproyecto de reglamento elaborado por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), se plantea, casi con un mismo formato, que el cultivo casero de la planta ya ocurre en la actualidad y que dejar esta modalidad fuera de la regulación, perpetuaría las condiciones de inseguridad en que actualmente se encuentran las personas o sus hijos que viven con algún padecimiento susceptible de ser tratado con mariguana.

Los que no tienen una planta de mariguana en su casa, la adquieren en el mercado ilegal con los riesgos que esto implica para su seguridad, sin certeza sobre la calidad del producto y en una situación de inseguridad jurídica, señalan los comentarios.

También solicitan que se regule la producción de la planta con fines de investigación y no se limite sólo a su uso en proyectos científicos.

Luego de una larga discusión y debates, el 19 de junio de 2017 se publicó el decreto de reforma a la Ley General de Salud y el Código Penal Federal, a fin de terminar con la prohibición absoluta sobre el uso y consumo de productos farmacéuticos que contienen algún derivado de la planta de Cannabis sativa, índica y americana (mariguana).

Entre los derivados de la yerba está el tetrahidrocannabinol, que es la sustancia causante de adicción, pero a partir de la reforma legal se le podrá usar en productos farmacéuticos, siempre que su concentración sea menor a 1 por ciento y demuestren seguridad, calidad y eficacia.

De igual manera, la ley permite el uso de cannabidiol, que es uno de los componentes de suplementos alimenticios que se utilizan para tratar epilepsias de difícil control en niños.

En México se utiliza desde 2015, cuando la familia Elizalde obtuvo una sentencia favorable de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a fin de que se le permitiera importar uno de esos suplementos de Estados Unidos para el tratamiento de la niña Grace.

Desde entonces la Cofepris ha otorgado alrededor de 300 permisos de importación y se supone que, con la reforma legal, esos productos se podrán vender en el país.

El reglamento debió estar listo desde el pasado mes de diciembre. En un principio, el titular de Cofepris, Julio Sánchez, dijo que el documento estaba en revisión por el área jurídica de la Presidencia de la República. Después ha dicho que para poder finalizar el documento se deben revisar los comentarios enviados por la ciudadanía.

Otro aspecto que está en análisis es la posibilidad de permitir la venta de productos herbolarios que contengan mariguana. En principio, la Cofepris señaló a la Cofemer que existe una regulación específica para esa categoría, lo mismo que para productos farmacéuticos que deben acreditar calidad, eficacia y seguridad mediante estudios clínicos.