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Debe prevalecer la conservación, dice titular de la Conanp

Se recurrirá a la SCJN ante posible daño a las áreas naturales protegidas
 
Periódico La Jornada
Viernes 4 de julio de 2014, p. 7

Ante el eventual impacto de las leyes secundarias en materia energética en las áreas naturales protegidas, existe el recurso de acudir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que ha establecido que tratándose de territorios donde hay beneficios y servicios ambientales para toda la población debe prevalecer el régimen de conservación.

Señaló lo anterior Luis Fueyo, titular de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), ante el riesgo que correrían las zonas de conservación con las leyes secundarias que se discutirán en el Congreso, según señalaron el miércoles organizaciones ambientalistas.

Entrevistado durante la reunión de delegados de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) con el tema Tendencia de la política ambiental en el país, reformas constitucionales, el funcionario explicó que la actividad más importante en un polígono de las áreas naturales protegidas es la conservación. En polémicas y distintas interpretaciones del marco legal, hemos acudido a la SCJN y ha establecido criterios claros: tratándose de bienes públicos de territorios donde hay beneficios y servicios ambientales para toda la población, debe prevalecer el régimen que le dio origen.

Recordó un conflicto en el parque nacional de Tulum, en Quintana Roo, con el que se llegó a la Corte, ya que estaba a discusión si se podía fraccionar para fines turísticos o el sitio se mantenía íntegro. El pronunciamiento de la SCJN fue claro: tiene que prevalecer el orden público, el interés general de preservar y conservar la biodiversidad. Esto aplicará para cualquier actividad económica, como el caso de la energía.

Agregó que en todos los trámites que se acuerden se hará valer la ley que protege y orienta la conservación de los recursos naturales en materia de evaluación ambiental, cambio de uso de suelo, aprovechamiento del agua y de cualquier recurso natural. Dijo que hay nueve programas de manejo pendientes de concluir y que de 125 programas de manejo, 116 ya están formulados.

En tanto, el titular de la Semarnat, Juan José Guerra Abud, aseguró en entrevista que en caso de la explotación de gas lutita se requieren condiciones como que el uso de suelo permita esta actividad y que no haya escasez de agua.

Si no hay disponibilidad del líquido, la Comisión Nacional del Agua no autorizará perforación de pozos para la extracción del gas, afirmó.