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Alegan tortura de la policía castrense para que se declararan culpables

Militares acusados de ejecutar a 7 en Chihuahua buscan apoyo de la SCJN
 
Periódico La Jornada
Domingo 20 de mayo de 2012, p. 12

Dos militares que se desempeñaban como jefe y subjefe del 35 Batallón de Infantería, con sede en Nuevo Casas Grandes, Chihuahua, y que están acusados de ejecutar a siete personas en 2009, buscarán que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) les conceda un amparo, a fin de que se declaren ilegales las pruebas con que se integró su expediente, debido a que la Policía Judicial Federal Militar obtuvo las confesiones inculpatorias bajo tortura.

Elfego José Luján Ruiz y Alfredo Bravo Alcaraz, comandante y segundo comandante del 35 Batallón de Infantería en Nuevo Casas Grandes, han obtenido ya sentencias favorables para que se revise el auto de formal prisión que les dictó el juzgado quinto militar por homicidio calificado contra cinco civiles y dos supuestos desertores del Ejército, que presuntamente formaban parte del cártel de Juárez.

De acuerdo con las constancias de la causa penal 181/2010, 13 militares, desde un soldado raso hasta un capitán, declararon que en enero de 2010, Luján Ruiz ordenó asesinar por asfixia con bolsas de plástico a Mario Alberto Guerrero León, El Jano, y a Mario Alberto Peralta Rodríguez, El Capulina, y luego rociarlos de gasolina para que los cadáveres fueran incinerados. Los restos de ambos fueron localizados por la policía estatal. Inicialmente el caso se reportó como una venganza entre grupos rivales. La Procuraduría General de Justicia Militar abrió una investigación un mes después.

Según las indagaciones, el teniente coronel ya había actuado de la misma manera contra Juan Pablo Ruiz Solís, El Pito Loco, en diciembre de 2008; Ricardo Enríquez Chávez y Juan Arturo Enríquez Anchondo, en julio de 2009.

El caso ya llegó a la SCJN, y falta que se asigne a un ministro para su revisión, luego de que el asunto fuera conocido inicialmente por el juzgado 13 de distrito en materia de amparo, con sede en el Distrito Federal, y luego turnado al octavo tribunal colegiado en materia penal del primer circuito, instancia que el pasado 11 de mayo lo turnó al máximo tribunal.

En el caso del teniente coronel Bravo Alcaraz, se le imputa haber ordenado que hombres bajo su mando abrieran fuego contra un vehículo en la comunidad de Peña Blanca, matando a una persona de manera inmediata, y luego que asesinaran a un sobreviviente.

De acuerdo con las constancias judiciales, de las cuales posee copia La Jornada, en ambos casos la defensa de los militares busca que se reviertan los autos de formal prisión dictados por el juzgado quinto militar, por considerar que las acusaciones fueron construidas con testimonios obtenidos mediante tortura aplicada a 13 efectivos del Ejército que tuvieron conocimiento de los hechos, y de esa manera se dejen insubsistentes las investigaciones con las cuales se les acusa.

Como parte de los alegatos, la defensa de los militares no cuestiona las acusaciones de homicidio, sino el hecho de que “las averiguaciones previas fueron fabricadas a modo, violando los derechos humanos de los presuntos responsables”.

En caso de que obtuvieran el beneficio de la SCJN, las acusaciones contra estos militares tendrían que ser revisadas desde la averiguación previa y el asunto se desahogaría en tribunales civiles.