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Van desde la mínima hasta la supermáxima; están destinadas a sentenciados por delitos federales

Plantea Calderón a diputados definir prisiones con seis niveles de seguridad

En la más severa los presos serán vigilados permanentemente, aislados y sin ningún estímulo

 
Periódico La Jornada
Viernes 15 de abril de 2011, p. 8

El presidente Felipe Calderón propuso a la Cámara de Diputados definir prisiones con seis niveles de seguridad para reos sentenciados por delitos federales, que van desde la mínima hasta la supermáxima, en las que los condenados por delincuencia organizada serán sometidos a vigilancia permanente, aislamiento, suspensión de estímulos y visitas sólo por medios electrónicos.

Asimismo, en la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley Federal del Sistema Penitenciario y de Ejecución de Sanciones, Calderón solicita que los complejos y centros penitenciarios federales estén bajo el control de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) y ubica a esas instalaciones como de seguridad nacional, por lo que se consideran de carácter estratégico.

El documento plantea constituir la figura de semilibertad para reos no considerados de alta peligrosidad, con tres modalidades de salida: durante la semana, con reclusión los fines de semana; el fin de semana y reclusión el resto de la semana, y salida diurna y reclusión nocturna.

La iniciativa también plantea una reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación para constituir la figura de juez de ejecución. En la exposición de motivos, Calderón señala que si el Poder Judicial es el que dicta las sentencias, también debe ser el que determine si un reo cumplió su condena, ordenar la preliberación o autorizar los sustitutivos de la pena, que incluyen por ejemplo la imposición de grilletes electrónicos con seguimiento satelital.

En este caso, el sustitutivo sólo se aplicará a reos que comprueben que su domicilio se encuentra en una zona urbana y con cobertura de Internet, que permita su ubicación permanente.

Calderón plantea a los diputados el castigo para actitudes de reos que pongan en peligro a otros presos, a las instalaciones, planeen fugas, consuman drogas e incluso a quienes se sometan al control de otros.

El Ejecutivo considera que es posible contar con prisiones de mínima seguridad y mínima restrictiva, con celdas sin seguridad ni control de apertura y la ubicación de reos en módulos comunitarios; de nivel medio y alto, con cerraduras y llaves de alta seguridad en los dormitorios.

Y las de máxima y supermáxima seguridad, con puertas y celdas con sistema electrónico de apertura y cierre desde un centro de control; módulos y estancias unitarios, donde los sentenciados no convivan con otros reos; puertas dobles, de apertura una a la vez y a control remoto, y con seguridad externa que incluye fosos con apertura a control remoto y la distribución de dispositivos con sensores y detectores de movimiento.

La vigilancia y los derechos para los presos en las cárceles también dependen del nivel en que se encuentren:

La observación periódica y movimiento de día y noche y tarde sin restricciones, y visitas de contacto supervisadas con lista en las cárceles de mínima seguridad; además de las anteriores, el acceso a trabajos autorizados en las de nivel mínimo restrictivo y medio; en las de nivel alto, el movimiento por la tarde sería esporádico.

En las de nivel máximo y supermáximo, la observación será constante y estrecha en la estancia y fuera de ésta, el movimiento de día limitado con tiempo y por la tarde sólo en caso de emergencia; actividades laborales restringidas, y visitas sólo a través de herramientas tecnológicas con previa lista aprobada.