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Revés para el sector servicios; obliga a delatar a clientes: AHCM

Avala la SCJN la ley antitabaco del DF; asunto de salud pública

Fumar es nocivo, lo sé porque lo hice por 44 años: Aguirre Anguiano

 
Periódico La Jornada
Martes 15 de marzo de 2011, p. 38

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló ayer la ley antitabaco del Distrito Federal, la cual ordena que en sitios públicos, como restaurantes, bares y discotecas, entre otros, sólo se puede fumar en espacios abiertos, lo cual fue calificado como un revés para el sector servicios, por la Asociación de Hoteles de la Ciudad de México (AHCM).

Al iniciar la discusión de seis amparos que se presentaron en contra de la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores, el pleno de la SCJN, por unanimidad, consideró que el tabaquismo es un asunto de salud pública y que la legislación impugnada tiene el propósito válido de proteger la salud.

Pese a que en la sesión de ayer no se oficializó la negativa, el pleno ya votó en contra de la concesión del amparo a una empresa restaurantera; quedó pendiente para este martes que sea oficial su decisión y con ello se precisen los criterios que validan su constitucionalidad.

También hubo consenso entre los ministros en que el Estado está facultado para ordenarle a los establecimientos públicos que cumplan con ciertas condiciones para beneficiar a todos, fumadores y no fumadores.

Prácticamente sin discusión el pleno avaló el proyecto presentado por José Ramón Cossío, en el que se plantea que las medidas en contra del tabaquismo son justificadas y proporcionales, además de que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) está facultada para legislar en la materia.

La legislación no establece una prohibición absoluta para fumar, simplemente, dijo Cossío, establece que en espacios cerrados se prohíbe hacerlo.

Aguirre Anguiano apuntó a su vez que, el tabaco es altamente nocivo para la salud. ¡Si lo sabré yo, que fumé 44 años!

Una vez que el pleno de la SCJN precise hoy los criterios, resolverá los otros cinco asuntos listados, entre ellos uno que impugna la obligación de los comercios de no tener a la vista cigarros para su venta y la queja de un particular que alega su derecho a fumar donde quiera. Después, esos lineamientos jurídicos serán los que aplicarán los juzgados y tribunales federales para resolver los amparos que tienen pendientes sobre el mismo asunto.

El presidente de la AHCM, Rafael García, consideró que es un revés para el sector servicios, pues “no sólo se obliga a los empresarios a invertir más en el acondicionamiento de áreas destinadas a fumadores, sino a convertirse en policías al denunciar a sus clientes, pues de no hacerlo se harán acreedores a multas, clausuras y arrestos de 36 horas.

No podemos obligar a la gente a dejarde fumar y tampoco obligar a los prestadores de servicio a solicitar el apoyo de la policía, afirmó.