jornada


letraese

Número 167
Jueves 3 de junio
de 2010



Director fundador
CARLOS PAYAN VELVER

Directora general
CARMEN LIRA SAADE

Director:
Alejandro Brito Lemus

pruebate

opinion


Widney Brown*

Castigo, pero no protección

Hay una preocupación generalizada sobre el hecho de que la introducción de leyes punitivas contra la transmisión intencional o imprudencial del VIH no contribuirá a alcanzar las metas que tal legislación espera conseguir: protección para mujeres y niños, justicia para las víctimas de violencia sexual y freno a la diseminación del VIH. Más aun, está documentado que hay consecuencias negativas para la gente con VIH como resultado de esta legislación: mayor estigma, discriminación y hostigamiento a través de las leyes.

Con frecuencia, la frustración lleva a las personas a usar el draconiano instrumento de las leyes criminales, pero es una pobre herramienta para alcanzar las metas que se plantea. Las herramientas legislativas para responder efectivamente a acciones que constituyen un comportamiento dañino y criminal ya existen en la mayoría de las legislaciones. Esto permite la persecución de individuos cuyos comportamientos se acompañen del intento de causar daño a otros. Donde estas leyes parezcan inadecuadas, pueden revisarse.

Considerar la transmisión del VIH como una agravante en casos de violencia sexual es entendible y responde al deseo de proteger los derechos del sobreviviente y limitar la diseminación del VIH. Sin embargo, no hay un acuerdo universal en esto. En las discusiones sudafricanas sobre la revisión de la legislación de ofensas sexuales, el impacto del VIH en los casos de violencia sexual fue reconocido pero al final la ley no incluyó el estatus serológico como una agravante, aun cuando reconoce el derecho del sobreviviente a conocer el riesgo (y por lo tanto el estatus serológico del acusado). El informe de ONUSIDA sobre el tema, por otro lado, reconoce que en situaciones de violencia, incluyendo la violación, cuando la transmisión del VIH ocurre o el riesgo de adquirirlo es mayor, debe considerarse una agravante, pero sólo en los casos en que el perpetrador estuviera consciente de su estatus seropositivo.

Criminalizar transmisión del VIH no es opción
Hay algunas difíciles deliberaciones sobre considerar al VIH en el contexto de la legislación sobre ofensas sexuales, un área importante que merece atención futura de los activistas en derechos humanos y en VIH/sida. Tal como lo asienta el informe de ONUSIDA:
“Los gobiernos deben fortalecer e impulsar leyes contra la violación (dentro o fuera del matrimonio) y otras formas de violencia contra las mujeres y la niñez, mejorar la eficacia de los sistemas de justicia criminal en la investigación y persecución de las ofensas sexuales contra mujeres y niños, y apoyar la igualdad de las mujeres y su independencia económica, tanto a través de legislaciones concretas como de programas y servicios. Estos son los medios más eficaces para proteger a las mujeres y niñas de la infección por VIH y deben tener la más alta prioridad”.

El apoyo inicial de las defensoras de las mujeres hacia las leyes que criminalizan la transmisión del VIH subraya su frustración por que los Estados han fallado en atacar efectivamente la violencia sexual, las relaciones de abuso y las inequidades de género.

La evidencia enfatiza la importancia de abordar la epidemia del VIH y sus factores sociales, incluyendo la inequidad de género y la violencia con base en instrumentos de derechos humanos, e incrementar la prevención basada en evidencia científica en lugar de medidas punitivas que son difíciles de hacer cumplir y pueden resultar en violaciones a los derechos humanos.

También es claro que se necesita expandir las pruebas de VIH –incluyendo a los hombres- en una forma que tome en cuenta las dinámicas de género en muchos países con una epidemia generalizada, y atacar la inequidad de género y la violencia contra las mujeres. Es necesario enfatizar que la salud sexual, el sexo seguro y la prevención de la infección por VIH es responsabilidad de todos, no sólo de las personas que viven con VIH y sida.

La introducción de leyes que criminalizan la transmisión del VIH minará los derechos humanos. El único camino para comenzar a atacar y luego eliminar la marginalización y la estigmatización de la gente viviendo con VIH es asegurarse de que todas las leyes y políticas relativas al VIH están basadas en principios de derechos humanos.

El ímpetu de las y los tomadores de decisión necesita cambiar el uso de la ley criminal en casos de transmisión del VIH a enfocarse en leyes y políticas que aborden y trabajen a través de la eliminación de todas las formas de violencia sexual, incluyendo el acceso a justicia efectiva y a los servicios de apoyo para las personas sobrevivientes.

* Directora general del programa de Derecho Internacional de Amnistía Internacional. Versión traducida y editada del artículo Criminalising HIV transmission: punishment without protection, publicado en la revista Reproductive Health Matters, noviembre de 2009.


S U B I R