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Jueces locales detectaron múltiples inconsistencias de tipo jurídico y de redacción

Querétaro: derogan los códigos Penal y de Procedimientos Penales

Restauran los estatutos de 1987 y 1989, respectivamente; exigen reformar los recién abrogados

Corresponsal
Periódico La Jornada
Sábado 5 de diciembre de 2009, p. 23

Querétaro, Qro., 4 de diciembre. Dadas las múltiples inconsistencias que contienen, los códigos Penal y de Procedimientos Penales puestos en vigor en octubre pasado en Querétaro fueron derogados hoy por unanimidad de los 25 diputados de la 56 Legislatura local.

En su lugar tendrán vigencia los ordenamientos que datan de 1987 y 1989, respectivamente, que habían quedado desplazados al entrar en vigor los que hoy fueron abrogados, de acuerdo con el dictamen presentado por la Comisión de Administración y Puntos Constitucionales.

Ambas decisiones entrarán en vigor luego de que los dictámenes sean publicados en La sombra de Arteaga, periódico oficial del gobierno estatal.

Los diputados de la 55 Legislatura (que concluyeron funciones en septiembre pasado) realizaron reformas a ambos códigos, mismos que fueron publicados en el periódico oficial el 23 de octubre siguiente y entraron en vigor ese mismo día. Con apenas un mes en vigencia, jueces locales detectaron que ambos códigos contenían múltiples inconsistencias de tipo jurídico y de redacción.

Luis Antonio Macías Trejo, el priísta que preside la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, indicó que representantes de universidades, colegios de abogados y de los poderes Ejecutivo y Judicial turnaron sus propuestas respecto de abrogar ambos códigos al presentar 150 errores de tipo jurídico, de redacción y hasta omisión de palabras.

El Código Penal, por ejemplo, remitía a un artículo del Código de Procedimientos Penales que nada tenía que ver con el tema expuesto en el primero.

Delitos no tipificados como graves

Al mencionar los delitos de secuestro, homicidio y violación, el código no incluía la palabra grave, lo que implicaba que alguna persona sentenciada por ese acto ilícito podía obtener su libertad bajo fianza.

En cambio, alguien que fuera detenido por portar dos aparatos de comunicación (lo que se interpretó como teléfonos celulares), sin demostrar su propiedad, podía considerarse que incurría en un delito, ese sí grave, lo que le impediría obtener su libertad condicional.

Marcos Aguilar Vega, legislador local panista, manifestó que una vez abrogados ambos códigos es necesario que se inicie un proceso para reformar de nuevo esos ordenamientos legales y que conlleve a un marco jurídico de vanguardia.

Para lo anterior, los diputados prevén foros y mesas de consulta a especialistas en el tema, entre ellos académicos o investigadores de universidades públicas y privadas, asociaciones de abogados, integrantes del Poder Judicial y de la Procuraduría de Justicia del estado para que presenten sus propuestas.