jornada
letraese

Número 151
Jueves 5 de febrero
de 2009



Director fundador
CARLOS PAYAN VELVER

Directora general
CARMEN LIRA SAADE

Director:
Alejandro Brito Lemus

pruebate


La Moral
de los bandos

El alcalde anti besos de Guanajuato no está solo. La censura moral tiene una amplia tradición y perdura en numerosas leyes y reglamentos. Se trata de una discriminación institucional amparada en la oscuridad conceptual de la ley —pudor, recato, decoro, moralidad pública— y en los piadosos prejuicios de policías, jueces y demás responsables de impartir justicia.

Fernando Mino

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El alcalde de Guanajuato, el panista Eduardo Romero Hicks, reculó en su intención de prohibir los besos u otros “tocamientos obscenos” en un nuevo Bando de Policía y Buen Gobierno para esa ciudad. En un intento por justificarse, el edil definió lo que entiende por “agarrones de olimpiada” —la ‘categoría’ de besos que buscaba prohibir: “Estar tocando partes privadas de la otra persona incitando a hacer el acto sexual, pero esas cosas siempre han estado prohibidas aquí y en muchos lugares”. Luego del ruido mediático y la condena, incluso de sus compañeros de partido, se echó para atrás la promulgación del nuevo reglamento.

Pero la inspiración censora de Romero Hicks es todavía común, como él mismo señala, a múltiples reglamentos municipales que hacen de los policías guardianes de la “moral pública”, instancia cuya única definición posible es la del prejuicio personal.

Las detenciones arbitrarias se alimentan del temor a la exhibición y el escarnio públicos, y suelen resolverse, las más de las veces, con una mordida liberadora del pecado o, si el efectivo no cubre las expectativas de la autoridad, en las barandillas de los juzgados cívicos. Los “infractores” suelen ser desde la pareja de adolescentes sorprendida besándose en un automóvil estacionado, hasta una pareja del mismo sexo toma-da de la mano en una plaza pública, pasando por el “vago” que duerme en la banca de un parque o la pareja que aprovecha la falta de alumbrado público para un buen faje. No hay distinción cuando se trata de defender, desde el poder supuestamente laico, una patria rígidamente católica en su comportamiento.
La legislación municipal ofrece un amplio catálogo de aberraciones y prohibiciones anticonstitucionales —si la dispersión jurídica no las ocultara de la mirada y la discusión públicas— que da para un buen recorrido por la discriminación y la violación de las garantías individuales.

Prohibiciones de besos y otras "obscenidades"
• Es infracción “tener relaciones sexuales o la realización de caricias obscenas a su acompañante en la vía pública o a bordo de algún vehículo”, según el Bando de Policía y Buen Gobierno de Los Reyes-La paz, Estado de México.

• Atenta contra la “moral y las buenas costumbres” no sólo “tener relaciones sexuales”, sino “realizar en forma exhibicionista, actos obscenos o insultantes en la vía o lugares públicos, terrenos baldíos, vehículos o sitios similares y en lugares privados (sic) con vista al público”, según el Bando de Policía y Gobierno de Torreón, Coahuila. Medidas similares pueden encontrarse en los reglamentos de Guadalajara, Los Cabos, Lagos de Moreno, Tepic, Monterrey, Querétaro, Culiacán, Nogales, Xalapa, Mérida, entre varios más.

• Cuidado con olvidar cerrar la ventana a la hora de la ducha en Mexicali, pues ahí se persigue a quien se exhiba “desnudo intencionalmente en la vía pública, o en el interior de su domicilio, siempre que se manifieste con efectos ostensibles en la vía pública o en los domicilios adyacentes” (Bando de Policía y Buen Gobierno).

Lugares donde se recomienda a gays y vestidas abstenerse de existir
• En Ciudad Guzmán se prohíbe “realizar prácticas homosexuales en lugares públicos que atenten contra las buenas costumbres y el decoro social”, e “incidir, propiciar, tolerar, realizar, encubrir, publicar y difundir por cualquier medio actos que rechazados por la mayoría de la sociedad, induzcan o tiendan a modificar los valores tradicionales y las buenas costumbres en cuanto a la estructura y relaciones familiares, las conyugales y las que se den en la relación natural (sic) hombre y mujer, así como la convivencia lícita y moral” (Reglamento de Policía y Orden Público de Zapotlán el Grande, Jalisco).

• En Puerto Vallarta, Jalisco, están prohibidas “las prácticas públicas que impliquen el desarrollo de una vida sexual anormal” (Reglamento de Policía y Buen Gobierno).

• Y en Chetumal se ufanan de perseguir a los que incurren en “actos contrarios a las relaciones
sexuales normales” (Bando de Policía y Buen Gobierno de Othón P. Blanco, Quintana Roo).

• Ahora que si de transexuales se trata, en Tecate, Baja California, se prohíbe “que el varón se vista de mujer y transite en la vía pública causando perturbación social” (Bando de Policía y Gobierno).

• En Cozumel, Quintana Roo también se prohíbe el equivoco de atuendo, pues se castiga “que los hombres vistan ropa y calzado femenino, atentando de esta manera contra la moral y las buenas costumbres” (Bando de Policía y Buen Gobierno).

Prohibir los actos, regir las conciencias
• Pero el afán persecutor no queda sólo en la vigilancia moral en los espacios públicos. En los bandos de policía de León y San Miguel Allende, Guanajuato, está prohibido “exhibir las partes nobles (sic) en lugar público o espectáculo”, mientras que en Cuernavaca se da toda una descripción de lo que se considera infracción cuando de espectáculos a puerta cerrada se trata: “establecimientos públicos o privados que mediante un costo ofrezcan el espectáculo de desnudo o semidesnudo de un hombre o una mujer, pausado o no, a ritmo de música o sin ésta, con movimientos erótico sexuales (…)” (Bando de Policía y Buen Gobierno).

• También en Cuernavaca es motivo de infracción “no observar en sus actos el debido respeto a la dignidad humana, a la moralidad pública y a las buenas costumbres”. A través de los actos se analizan las conciencias, parece ser la intención. Precisamente en esa ciudad, a los afanes moralizadores del gobierno local se unen los diocesanos. El obispo Florencio Olvera enlistó en enero pasado los “pecados electorales”, entre los que incluyó “votar a favor de propuestas que apoyen el aborto, la eutanasia, la destrucción y manipulación del embrión humano”, así como “votar por proyectos contra la familia monogámica e indisoluble, por proyectos que promueven caricaturas grotescas de familias integradas por personas del mismo sexo: por proyectos que quitan a los padres el derecho a educar a sus hijos”. Votar también es, según esta lógica, un asunto de Moral y Buenas Costumbres.

Citas de los reglamentos municipales tomadas del Análisis comparativo del ámbito local en materia de no discriminación, de Rodolfo Millán Dena. Dirección General Adjunta de Estudios, Legislación y Políticas Públicas, del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, 2005.

S U B I R