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Política

2022-10-26 12:57

Ordena INE a PAN retirar mensajes alusivos a contienda 2024

Santiago Creel, presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, durante el foro panista ¡Sí hay de otra!, el pasado 2 de octubre.
Santiago Creel, presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, durante el foro panista ¡Sí hay de otra!, el pasado 2 de octubre. Foto Cuartoscuro

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al PAN retirar los mensajes en los que aluda a la contienda de 2024, y llamó a los integrantes de este partido, partícipes en un evento realizado el 2 de octubre pasado, a conducirse dentro de los límites constitucionales.

Les recuerda la obligación de actuar con imparcialidad y neutralidad, más aún porque son funcionarios públicos, a fin de no afectar en la equidad en la contienda. Igualmente, respetar los tiempos establecidos por la ley en materia de campañas y precampañas.

En este señalamiento fueron incluidas las siguientes personas:

Santiago Creel, Juan Carlos Romero y Mariana Gómez del Campo, diputados federales; Mauricio Vila y María Eugenia Campos, gobernadores de Yucatan y Chihuahua, y Xóchitl Galvez, senadora.

Asimismo, Cecilia Patrón, secretaria general del PAN; Jorge Herrera, diputado federal; Enrique Vargas, diputado local; Romina Contreras, alcaldesa de Huixquilucan; Adriana Aguilar y Laura Esquivel, integrantes del comité ejecutivo nacional de este partido; Lía Limón, alcaldesa en Álvaro Obregón, y Mauricio Tabe, alcalde en Miguel Hidalgo.

La determinación fue emitida esta mañana, luego de admitir la medida cautelar solicitada por Morena en contra de la difusión en redes sociales y en la página Internet del evento denominado Cambiemos México ¡Si hay de otra!, celebrado el 2 de octubre de 2022 en la Ciudad de México, en el cual participaron las servidoras públicas federales y locales mencionadas, donde hicieron diversas manifestaciones en relación con la elección federal a celebrarse en 2024.

La solicitud procedió en congruencia con la medida cautelar ACQyD-INE-170/2022 otorgada por esta misma Comisión el pasado 21 de octubre, en la que declaró procedente el dictado de medidas cautelares respecto de los promocionales SI HAY DE OTRA, en su versión para radio y televisión.

Los consejeros electorales concluyeron que deben retirarse las publicaciones en las que se haga un llamado o referencia a las elecciones federales de 2024.

Por cuanto a la denuncia del uso de recursos públicos, será la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la instancia que analice de fondo el particular.

Respecto a la tutela preventiva solicitada se estimó improcedente, pues se trata de hechos futuros de realización incierta, y no existe una evidencia de que el PAN tenga planeado celebrar un evento de la misma naturaleza al denunciado.

En otro asunto, la Comisión negó la medida cautelar solicitada por el PAN en contra de Armando Ayala Robles, Presidente Municipal de Ensenada, Baja California; José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, diputado federal, y quien resulte responsable, derivado de la realización de dos eventos proselitistas celebrados el 9 de octubre en el lobby del Ayuntamiento y en la colonia Oaxaca-Maneadero, en Ensenada, Baja California, así como su difusión en redes sociales.

El colegiado determinó improcedente la solicitud, al considerar que no se actualizan los elementos de urgencia, imperiosa necesidad o peligro en la demora para el dictado de una medida cautelar, si se toma en cuenta que, la posible afectación, incidencia o daño que alega el quejoso se materializaría o concretaría en un proceso electoral futuro cuyo inicio es temporalmente lejano.

La validez o no de las conductas denunciadas será objeto de pronunciamiento de fondo por parte de la Sala Especializada del TEPJF.

Respecto de la tutela preventiva se declaró su improcedencia al tratarse de hechos futuros de realización incierta.

Al igual que en el asunto anterior, la Comisión realizó un llamado a Fernández Noroña y Armando Ayala Robles para que en todo tiempo ajusten sus actos y conductas a los límites y parámetros constitucionales “recalcándole la obligación a su cargo de conducirse con imparcialidad y neutralidad a fin de no afectar la equidad en la contienda, respetando los tiempos establecidos por la ley en materia de precampañas y campañas”.

En un tercer caso, fue negada la medida cautelar solicitada por Morena contra el Partido Revolucionario Institucional (PRI), por la difusión del promocional denominado PRI DXM, porque el material corresponde a propaganda de naturaleza política y genérica.

El PRI divulgó el mensaje “son los tiempos más difíciles por los que está atravesando el país”, como lo es la apertura al debate o el llamado a la reconciliación; además de advertirse una postura crítica que emite el partido político a lo que considera es el “peor gobierno”.

El spot denunciado no contiene referencias directas al próximo proceso electoral federal o algún otro, así como a posibles aspirantes que emanen del partido político denunciado.

Morena argumentó que la frase “izando el estandarte aliancista que pondrá fin al peor gobierno de todos los tiempos”, hace referencia al proceso federal que se llevará a cabo en 2024.

Al respecto, la Comisión dijo que “de un análisis integral, no se advierte elemento visual o auditivo, que haga evidente que con esas expresiones estén relacionadas a ese proceso electoral, en su caso, a alguna candidatura en particular”.

El primer proyecto se aprobó por mayoría con los votos de las Consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala y con el voto en contra del Consejero Ciro Murayama. Los dos restantes se aprobaron por unanimidad.

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