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La SCJN reconoce como víctimas indirectas a padres de Fátima Quintana
 
Periódico La Jornada
Jueves 15 de mayo de 2025, p. 8

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió ayer un histórico fallo en materia de feminicidio al reconocer como víctimas indirectas a los padres de Fátima Quintana, niña de 12 años violada y asesinada en 2015 en el municipio de Lerma, estado de México.

La resolución también reconoce que el estado de México tiene una alerta de violencia de género emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) debido al alto índice de feminicidios que registra, por lo que considera exhortar a las autoridades a tomar todas las medidas para prevenir futuros casos de feminicidio, visibilizar la violencia de género y reparar el daño.

Por unanimidad de cuatro votos, la sala aprobó el proyecto de la ministra Margarita Ríos Farjat, que ordena a un tribunal colegiado reconocer a los padres como víctimas indirectas y, en consecuencia, fijar un nuevo monto por reparación integral sin topes económicos, considerando las afectaciones materiales e inmateriales derivadas de la comisión del delito. Este pago será independiente de la reparación del daño por el feminicidio.

En la reparación del daño se deberá incluir atención sicológica a los familiares de la víctima, quienes sufrieron desplazamiento forzado a otra entidad federativa, como medida especial de protección motivada por las amenazas de muerte que recibieron.

El tribunal también deberá exhortar al gobierno de la entidad, actualmente a cargo de Delfina Gómez, a brindar todas las medidas de no repetición y de satisfacción, sin que ninguna institución declare que carece de facultades para ello, pues deberán canalizar lo ordenado al área o dependencia que corresponda.

Entre las medidas ordenadas se considera la posible construcción de una estatua conmemorativa en el lugar de los hechos, disculpa pública con presencia protegida de la familia y otras acciones, como pavimentar el camino de terracería donde ocurrió el crimen, instalar vigilancia (casetas, cámaras, botones de auxilio y rondines escolares), mejorar el transporte público, impartir pláticas sobre violencia de género, capacitar a las autoridades locales en derechos humanos y promover el uso de tecnología para proteger y buscar a mujeres y niñas.

El expediente judicial señala que el 5 de febrero de 2015, Fátima fue violentada y asesinada por dos hombres y un adolescente, quienes abandonaron su cuerpo en un canal.

Un juez penal condenó a uno y absolvió a otro, pero luego de que los padres promovieron un amparo, ambos fueron sentenciados a prisión vitalicia y al pago por reparación del daño.

El victimario que entonces era un adolescente de 17 años ya fue puesto en libertad tras cumplir su sentencia de cinco años de cárcel.

Sin embargo, los padres no fueron reconocidos como víctimas indirectas, por lo que promovieron un amparo que les fue negado. En revisión, el caso llegó a la SCJN, el cual fue resuelto ayer mediante el amparo directo 5363/2023.

Precedente relevante

Tras la determinación de los ministros, el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), que acompaña a la familia de Fátima, expresó su alegría por el fallo.

Con esta decisión se reconoce la calidad de víctimas y se establecen medidas de reparación integral del daño, marcando un precedente relevante en la lucha por la justicia y los derechos de las víctimas en México, señaló la organización civil.

(Con información de Carolina Gómez Mena)