Capital
Ver día anteriorMartes 31 de enero de 2023Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio

Interpone sendas querellas ante Fepade e IECM

Denuncia Morena a Sandra Cuevas por la campaña contra la jefa de Gobierno

Exige aplicar medidas cautelares para que retire toda la publicidad negativa y que no se distribuya // Son innumerables las pifias de la alcaldesa, considera

 
Periódico La Jornada
Martes 31 de enero de 2023, p. 27

La coordinación de la fracción de Morena en el Congreso de la Ciudad de México presentó dos denuncias ante la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales y ante el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) contra la alcaldesa de Cuauhtémoc, Sandra Cuevas, por el hallazgo de miles de volantes con propaganda negra en contra de la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum.

Ambas denuncias –en las que también fue acusado el director de Desarrollo Social, José Luis García Elizalde, y funcionarios públicos que resulten culpables– fueron presentadas ayer por el presunto uso de recursos públicos para la confección, diseño, impresión, almacenamiento y distribución de propaganda ilegal impresa en volantes y lonas, que iban dirigidos a influir de manera negativa frente a la ciudadanía respecto a la mandataria local.

En el caso de la denuncia ante el IECM, los morenistas exigieron aplicar medidas cautelares para que se retire toda la publicidad, que no sea distribuida y se eliminen las publicaciones en redes sociales.

Esto se suma a las ya innumerables pifias de la titular de la alcaldía Cuauhtémoc. Se trata de la presumible campaña negra que se habría orquestado desde las instalaciones de la alcaldía Cuauhtémoc. Los volantes no tienen ninguna relación con sus facultades constitucionales, legales, reglamentarias y orgánicas de la alcaldía y sus servidores públicos. Por ello, afirmamos que transgredió el principio de imparcialidad previsto en la Constitución, dijo la coordinadora de Morena, la diputada Martha Ávila.

El artículo 134 constitucional establece que la propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social que difundan las dependencias, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social.

En tanto, el artículo 11 de la Ley General de Delitos Electorales señala que el servidor público que destine, utilice o permita la utilización de manera ilegal fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición, en virtud de su cargo, al apoyo o perjurio de un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato, se le impondrán de 200 a 400 días de multa, es decir, entre 20 mil 748 y 41 mil 496 pesos, y de dos a nueve años de prisión.