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Firme, sentencia de tribunal colegiado

Batea la Corte a Gordillo: tendrá que pagar adeudo de $19.3 millones de ISR
 
Periódico La Jornada
Viernes 2 de julio de 2021, p. 18

La lideresa magisterial Elba Esther Gordillo Morales tendrá que pagar 19 millones 323 mil pesos que debe por Impuesto Sobre la Renta (ISR), luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó su solicitud para revisar el fallo emitido por un tribunal colegiado, con lo cual la sentencia en su contra quedará firme.

El 22 de enero del año pasado, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) emitió un primer fallo a favor de Gordillo Morales, considerando que el proceso administrativo en su contra no podría llevarse a cabo en razón de que se encontraba privada de su libertad.

Cabe señalar que la ex líder del SNTE ha obtenido otras resoluciones similares del TFJA, bajo el mismo argumento.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) impugnó esta decisión y obtuvo del sexto tribunal colegiado en materia administrativa, con residencia en la Ciudad de México, una sentencia que obliga a la ex dirigente gremial a cumplir con sus obligaciones fiscales, toda vez que había sido absuelta del proceso que la mantenía en prisión.

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▲ La solicitud de la lideresa magisterial para revisar el fallo fue rechazada.Foto La Jornada

Fue contra esta determinación que Gordillo interpuso el amparo directo 178/2020, el cual buscaba que fuera revisado por la SCJN.

Para ello, la ex dirigente argumentó la inconstitucionalidad del artículo 167 de la Ley del ISR, además de presuntas violaciones a sus derechos humanos, contenidos en los artículos 14, 16 y 17 de la Constitución.

Sin embargo, en un acuerdo publicado por el máximo tribunal, se le informó que su solicitud fue rechazada: se desecha por improcedente el recurso de revisión que se hace valer, en virtud de que no se reúnen los requisitos de procedencia, al no revestir su resolución de un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos.

De esta manera, queda firme el fallo del sexto tribunal colegiado cuya sentencia señala: como la solicitante del amparo no demostró que la sentencia que reclama sea violatoria de los derechos constitucionales que alega, lo procedente es negar el amparo.