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Continuarán bloqueadas cuentas de los familiares de García Cabeza de Vaca
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▲ Madre, esposa y hermano del mandatario no podrán hacer uso de sus recursos, pese a órdenes de jueces.Foto Cuartoscuro
 
Periódico La Jornada
Martes 8 de junio de 2021, p. 15

A pesar de que jueces de distrito en Tamaulipas ordenaron a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) descongelar las cuentas bancarias de la madre, esposa y hermano del gobernador de la entidad, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, la dependencia a cargo de Santiago Nieto Castillo, aseguró que seguirán bloqueadas, ya que no han sido notificados sobre la decisión judicial con la que se ampara a María de Lourdes Cabeza de Vaca Wattenbarger, Mariana Gómez Leal y a José Manuel García Cabeza de Vaca.

No obstante, la UIF adelantó que una vez que se le notifique al respecto, rendirá un informe en el que justifica el aseguramiento de las cuentas en atención a compromisos internacionales, tal y como lo establece la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y procederá a promover los recursos contra dichas suspensiones.

Como refirió el 27 de mayo con un amparo similar otorgado al senador Ismael García Cabeza de Vaca, también hermano del gobernador de Tamaulipas, la UIF explicó que el caso se encuentra relacionado con una investigación federal y por ello las cuentas bancarias continuarán bloqueadas, todo al amparo de los criterios de la SCJN. Aparte, la Unidad de Inteligencia Financiera detalló que las cuentas de Ismael García siguen bloqueadas.

Ayer, los juzgados séptimo y octavo de distrito les concedieron la suspensión provisional a los familiares para recuperar las cuentas que abrieron en BBVA Bancomer y Banco Mercantil del Norte, así como en la institución de crédito denominada Banco Regional, Institución de Banca Múltiple, Banregio Grupo Financiero e Intercam Banco, Institución de Banca Múltiple, Intercam Grupo Financiero, con residencia en la ciudad tamaulipeca.

En el caso de Gómez Leal, esposa del gobernador, Faustino Gutiérrez Pérez, titular del juzgado octavo de distrito, argumentó que con la medida cautelar no se ocasiona perjuicio al interés social, ni se contravienen disposiciones de orden público, ya que se desconoce el origen y el sustento legal de la actuación de la UIF.

Explicó que el congelamiento de cuentas bancarias es inconstitucional cuando su origen no se emite en cumplimiento a una obligación de carácter bilateral o multilateral asumida por México, en la cual se establezca de manera expresa la obligación compartida de implementar este tipo de medidas ante solicitudes de autoridades extranjeras.

Precisó que la medida no surtirá efecto si el bloqueo, inmovilización o suspensión de las cuentas, se encuentra en el supuesto excepcional en que es válido que se ejerza la atribución contenida en el artícu-lo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito por parte de la UIF, lo cual deberá acreditar su titular en el informe previo que rinda para el estudio de la suspensión definitiva.