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El gobernador interpone recurso de queja

Niegan a García Cabeza de Vaca una suspensión contra acción penal

Jueza rechaza también otorgar al mandatario de Tamaulipas una orden para que la FGR le dé acceso a la carpeta de investigación

 
Periódico La Jornada
Miércoles 24 de marzo de 2021, p. 15

El juzgado décimosegundo de distrito de amparo en materia penal en la Ciudad de México rechazó otorgar una suspensión definitiva al gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, para que la Fiscalía General de la República (FGR) se abstenga de ejercer acción penal o solicitar orden de aprehensión en su contra por delitos de delincuencia organizada, lavado de dinero y defraudación fiscal.

García Cabeza de Vaca interpuso un recurso de queja contra la negativa, por lo que el caso se turnará a un tribunal colegiado, aunque podría quedar sin materia ya que la jueza se pronunció sobre la negativa de concederle la medida cautelar.

La jueza Rosa María Cervantes Mejía, titular del juzgado décimosegundo de distrito de amparo, negó ordenar a la FGR que le permita al gobernador de Tamaulipas acceso y copias de la carpeta de investigación en su contra.

Por su parte, el abogado Alonso Aguilar Zinzer, defensa legal del gobernador, dijo que el lunes acudieron a la Fiscalía General de la República (FGR) a conocer dicha carpeta de investigación y que procederán a demostrar su inocencia.

En febrero, la fiscalía solicitó a la Cámara de Diputados iniciar un juicio de procedencia contra Francisco García Cabeza de Vaca por la probable comisión de los delitos mencionados. La solicitud para el desafuero del gobernador tiene su origen en una investigación conjunta del Ministerio Público Federal y la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda.

En su resolución, la impartidora de justicia sostuvo que es improcedente otorgar la medida cautelar, ya que ello implicaría dar efectos restitutorios que son propios de la sentencia que se llegue a dictar en el juicio de amparo promovido el 12 de marzo pasado.

Añadió que otorgar la suspensión sin tener la certeza de que el promovente de amparo tiene el carácter de imputado en la carpeta de mérito, puede implicar una violación a disposiciones de orden público, como la secrecía de la investigación y los registros que obran en la indagatoria, los cuales deben permanecer en resguardo.