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Marco para campañas electorales

Prohibirá el INE la difusión de las conferencias diarias de AMLO
 
Periódico La Jornada
Martes 12 de enero de 2021, p. 11

El presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova, informó que el Consejo General determinará las reglas a las que el Presidente y todos los funcionarios se deberán sujetar durante las campañas electorales de este año –se elegirán diputados federales y en 15 entidades habrá elección de gobernador–, entre las que se considera la prohibición de transmitir de forma íntegra las conferencias matutinas del titular del Ejecutivo federal.

Al participar en el foro Las redes del odio en México, organizado por El Colegio de México, Córdova destacó que desde principios de abril habrá las campañas en todo el país de candidatos a diputados y en algunos casos antes porque hay elecciones a gobernador, por lo que la transmisión íntegra de las mañaneras deberá suspenderse. Por supuesto, detalló, si un medio de comunicación transmite un extracto, eso se puede porque tiene interés noticioso .

Córdova sostuvo que el artículo 134 constitucional refiere que el Presidente, como cualquier otro funcionario, está obligado a respetar el principio de imparcialidad durante la contienda electoral, por lo que en las próximas sesiones el Consejo General del INE analizará establecer una tutela inhibitoria para evitar que desde la investidura presidencial se intervenga con comentarios influyentes.

El consejero presidente manifestó que el pasado fin de semana fueron notificados de la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para que desde el Consejo General se pronuncien sobre la tutela inhibitoria contra el primer mandatario, a fin de frenar sus constantes opiniones sobre el proceso.

Refirió que el Presidente de la República y cualquier otro funcionario están obligados por el artículo 134 de la Constitución a mantener el principio de imparcialidad, esto significa ausencia de inclinación en el manejo de los recursos que tienen bajo su responsabilidad, incluyendo que los programas sociales no sean utilizados con la finalidad político-electoral, así como su actuación.

El criterio tutela preventiva, ahora es tutela inhibitoria, que quiere decir un llamado al Presidente a que sea responsable en cumplir con la Constitución, que no viole ese mandato de que en su investidura intervenga de alguna manera con comentarios que pueden distorsionar la equidad en la contienda. Córdova destacó: Vamos a llevarlo al consejo para que se establezca con toda claridad cuáles son las reglas a las que se van a sujetar todos los funcionarios.

Las restricciones a la difusión de la totalidad de la conferencia matutina comenzaron a aplicarse en los comicios de 2019 y fueron aprobados por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE y confirmados por la sala especializada del TEPJF, en el sentido de que dichas alocuciones pueden equipararse a propaganda gubernamental y, por tanto, deben ceñirse al límite temporal desde el comienzo de las campañas.

Como sustento para la restricción, se parte de que bajo la apariencia del buen derecho, la conferencia tienen como finalidad dar a conocer logros, programas, acciones y obras de gobierno, respecto de temas y cuestiones de distinta índole, lo que puede incluirse dentro de la definición de propaganda.