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Buscan reformar ley electoral para cerrar campañas un día antes de los comicios
 
Periódico La Jornada
Domingo 27 de diciembre de 2020, p. 6

Morena presentó en la Cámara de Diputados una iniciativa de reforma a los artículos 250 y 251 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales a fin de extender las campañas hasta un día antes de la votación. La propuesta busca terminar con el denominado periodo de reflexión (veda), que hasta la fecha deja un lapso de tres días para que los ciudadanos ponderen el sentido de su voto.

El proyecto reconoce que en el país concluir las campañas en los tres días previos al de la jornada electoral está sustentado en que la ciudadanía tiene un periodo de reflexión que le permitirá ejercer un voto razonado.

Las finalidades de la veda electoral consisten en generar condiciones suficientes para que la ciudadanía procese la información recibida durante las campañas electorales y reflexionen el sentido de su voto, así como prevenir que se difunda propaganda electoral o se realicen actos de campaña contrarios a la legislación electoral en fechas muy próximas a los comicios, los cuales, dados los tiempos, no sean susceptibles de ser desvirtuados ni depurados a través de los mecanismos de control previstos legalmente.

No obstante, se advierte en la exposición de motivos, lo que tendría que ser un periodo de nula actividad electoral se convierte en un momento de intensa actividad proselitista clandestina y que en reiteradas ocasiones se caracteriza por la coacción del electorado.

El texto vigente del artículo 250 señala: la distribución o colocación de la propaganda electoral deberá respetar los tiempos legales que se establezcan para cada caso, su retiro o fin de su distribución deberá efectuarse tres días antes de la jornada electoral.

En el caso del 251 establece que las campañas electorales de los partidos políticos se iniciarán a partir del día siguiente al de la sesión de registro de candidaturas para la elección respectiva, debiendo concluir tres días antes de celebrarse la jornada electoral; el día de la jornada electoral y durante los tres días anteriores no se permitirá la celebración ni la difusión de reuniones o actos públicos de campaña, de propaganda o de proselitismo electorales.

La modificación que impulsa la bancada morenista propone: Artículo 210. La distribución o colocación de la propaganda electoral deberá respetar los tiempos legales que se establezcan para cada caso, su retiro o fin de su distribución deberá efectuarse hasta un día antes de la jornada electoral; y el 251, las campañas electorales de los partidos políticos se iniciarán a partir del día siguiente al de la sesión de registro de candidaturas para la elección respectiva, debiendo concluir hasta un día antes de celebrarse la jornada electoral. El día de la jornada electoral y durante un día antes, no se permitirá la celebración ni la difusión de reuniones o actos públicos de campaña, de propaganda o de proselitismo electorales.