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Aprueban en Tlaxcala el matrimonio igualitario
La Jornada de Oriente
Periódico La Jornada
Miércoles 9 de diciembre de 2020, p. 41

Tlaxcala, Tlax., El pleno del Congreso estatal, con mayoría del partido Morena, aprobó ayer una serie de reformas al Código Civil con el fin de permitir el matrimonio entre las personas del mismo sexo, con lo cual Tlaxcala se convierte en la entidad número 22 en legislar en esa materia.

En la sesión ordinaria del martes, los legisladores avalaron, con 16 votos a favor y tres en contra, el dictamen para estipular que el matrimonio es la unión de dos personas con pleno consentimiento, que tiene como objeto realizar la comunidad de vida, en donde ambas se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua, y debe celebrarse ante los funcionarios que indica la ley y con todas las solemnidades que este acto exige.

Así eliminaron la disposición legal que reconocía como matrimonio sólo la unión entre un hombre y una mujer, y ahora se reconocerá como tal, con todos sus derechos y obligaciones, la unión entre personas del mismo sexo.

PES y panista, en contra

Los diputados que votaron en contra de la enmienda fueron los del Partido Encuentro Social y el coordinador de la bancada del Partido Acción Nacional, Omar Milton López Avendaño.

Tras 25 meses y 20 días, los diputados locales emitieron el dictamen de la iniciativa presentada el 18 de octubre de 2018, con la cual se buscaba eliminar la discriminación por preferencia sexual. Además, hacía más de cinco años que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos exigió modificar las leyes estatales en la materia.

Los legisladores que votaron a favor argumentaron que existen diversas jurisprudencias emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Recordaron que hasta antes de la reforma, los matrimonios igualitarios en Tlaxcala sólo se podían realizar mediante juicios de amparo.

Asimismo, determinaron que hay concubinato cuando dos personas solteras se unen, sin estar casadas, para vivir bajo un mismo techo, como si lo estuvieren.

Salvo disposición de la ley en otro sentido, cuando el Código Civil hable de concubina o concubino se entenderá que se refiere a las personas que viven en las condiciones supuestas en ese párrafo.

De igual forma, los legisladores adecuaron el Código Civil para disponer que podrán contraer matrimonio dos personas que hayan cumplido 18 años de edad. Los presidentes municipales podrán conceder la dispensa del impedimento de parentesco por consanguinidad en la línea colateral desigual.