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A la cárcel, quien agreda al personal de salud

Con la reforma al CPF el castigo será de uno a 10 años

 
Periódico La Jornada
Miércoles 14 de octubre de 2020, p. 3

La Cámara de Diputados aprobó una reforma al Código Penal Federal (CPD) con el fin de sancionar con cárcel de uno a 10 años a quien cometa un delito contra personal del Sistema Nacional de Salud, de los cuerpos de auxilio de emergencia o de las fuerzas armadas en funciones de auxilio o de cualquier persona que desempeñe acciones de asistencia o ayuda humanitaria.

Asimismo, avaló una reforma a la Ley Nacional de Ejecución Penal para definir que no gozarán de libertad condicionada, libertad anticipada ni la sustitución de la pena quienes hayan cometido los delitos de feminicidio y violación.

En la misma reforma, el pleno definió que, con el propósito de no afectar a los reos de menores ingresos, si ellos o sus familias no tienen solvencia económica para pagar el dispositivo electrónico de monitoreo los sentenciados con libertad condicionada podrán llegar a un convenio judicial de pago. La Cámara modificó también el CPF para que el tiempo de la prescripción de los delitos sexuales cometidos contra menores de edad comience a correr hasta que las víctimas cumplan 30 años de edad.

En el caso de los cambios para sancionar las agresiones que han sufrido médicos y enfermeras en la calle, transporte público o en sus domicilios, a partir de la pandemia de coronavirus, en la Ley General de Salud se agregó un arresto de hasta 36 horas, independientemente de cualquier otro delito, a quien cometa o inste a cometer actos de violencia contra el personal de salud.

También modificó la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación con la finalidad de considerar discriminación el promover, incitar o realizar violencia física o sicológica; estigmatizar o negar o impedir el acceso a cualquier servicio al personal del Sistema Nacional de Salud, quienes presenten servicios de emergencia o personal de las fuerzas armadas en funciones de auxilio.