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Tribunal colegiado revoca suspensión provisional por amparo de indígenas
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▲ Mapa que proporciona detalles del proyecto de la estación Mérida del Tren Maya. En un futuro propone construir un tramo hacia Puerto Progreso.Foto Notimex
 
Periódico La Jornada
Martes 26 de mayo de 2020, p. 7

El Tribunal Colegiado en Materia Administrativa con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, declaró fundado el recurso de queja que interpuso el gobierno federal, el cual revoca la suspensión provisional que un juez otorgó a comunidades indígenas pertenecientes al pueblo maya peninsular y ch’ol, que impedía la ejecución del proyecto de Tren Maya en la zona que comprende Palenque, Salto del Agua y Ocosingo.

En su demanda de amparo, los quejosos solicitaron la suspensión para el efecto de que las autoridades responsables se abstuvieran de iniciar las obras dentro de esa zona geográfica, ya que de continuarse, se podría poner en peligro a la población en general dada la contingencia generada en el país por el Covid-19.

Sin embargo, el colegiado revocó la suspensión provisional que le concedió la juez Lucía Anaya Ruiz Esparza, titular del juzgado segundo de distrito de amparo y juicios federales. Argumentó que la Secretaría de Salud fue quien determinó que las actividades del Tren Maya son prioritarias y, por ende, no pueden suspenderse a pesar de la epidemia por la que actualmente atraviesa el país, que por esa razón determinó que las vías generales de comunicación no pueden parar, ya que las afectaciones económicas y sociales para la población son de fuerte impacto.

Al aprobar por unanimidad el recurso de queja que interpuso el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur), el colegiado sostuvo que la decisión de la juez de conceder la suspensión para evitar el riesgo de los habitantes de contraer el coronavirus constituye un acto futuro de realización incierta, ya que no existe prueba de que el contagio del virus, por la ejecución de las obras del Tren Maya, sea inminente.

Dan plazo de 24 horas para aclarar controversia

En tanto, la juez consideró que los informes de las autoridades son ambiguos, y dio un plazo de 24 horas para que el Fonatur aclare si en el tramo ferroviario que va de Palenque, Chiapas, a Valladolid, Yucatán, se están realizando trabajos de construcción, o bien, si únicamente se hacen trabajos de conservación y mantenimiento de vías ferroviarias prexistentes.

A pesar de la revocación, será el próximo viernes cuando el juzgado de origen se pronuncie de nuevo si otorga o no la suspensión definitiva a la comunidad ch’ol.