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Pandemia
Divide a expertos la aplicación más severa de restricciones de movilidad
 
Periódico La Jornada
Miércoles 22 de abril de 2020, p. 10

La posible utilización de medidas para restringir la movilidad de los ciudadanos en el contexto de la fase tres de la contingencia sanitaria por el Covid-19 generó reacciones diversas por parte de abogados, organizaciones civiles y partidos políticos, pues mientras algunos señalaron que las eventuales limitaciones no tienen sustento jurídico, otros indicaron que sí sería viable echar mano de este recurso, en aras de proteger el derecho colectivo a la salud.

En entrevista, José Ramón Cossío, ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, afirmó que legalmente la fase tres no cambia nada y que el Estado no puede hacer uso de su poder coactivo para evitar que la gente salga.

Para ello, explicó, sería necesario un nuevo acto jurídico, como un decreto específico de la Secretaría de Salud, o bien la aplicación del artículo 29 de la Constitución, que fija los requisitos y alcances de la suspensión de garantías.

Por su parte, el penalista Juan Velásquez señaló que, por encima de los derechos individuales, están los intereses colectivos, por lo cual sí es posible que la autoridad municipal, estatal o federal restrinja estas garantías para proteger la salud de la comunidad.

No obstante que todos gozamos de garantías individuales, como las de libre tránsito y reunión pacífica, esas garantías están sujetas a las disposiciones sanitarias de la autoridad tendientes a evitar el contagio de la pandemia.

La eventual restricción de la movilidad también generó opiniones divididas entre organizaciones civiles, pues mientras algunas consideran que el gobierno sólo debe ser más enfático en el mensaje de quedarse en casa, otras estiman que las limitaciones son un recurso que no debe descartarse.

Anayeli Pérez Garrido, directora de la organización Justicia Pro Persona, consideró que la postura del gobierno de insistir en la importancia de no salir de casa si no es estrictamente necesario es una acción adecuada que sólo necesita reforzarse, de cara al periodo de máximo contagio del coronavirus.

En contraposición, César Pérez Verónica, director del Centro para la Paz y el Desarrollo, afirmó que la restricción de la movilidad es una posible alternativa en el contexto de la emergencia sanitaria, siempre y cuando se realice bajo controles constitucionales, con la aprobación del Congreso y el aval de la SCJN, para evitar posibles actos de abuso de autoridad.

En tanto, la Cámara de Diputados llamó a los tres niveles de gobierno a una plena coordinación y a que cualquier medida de carácter obligatorio que aplique la autoridad sanitaria no implique nunca una suspensión o violación de los derechos humanos.