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¿Cómo activar el Buzón Tributario y evitar multas?
 
Periódico La Jornada
Domingo 19 de enero de 2020, p. 19

A partir de este mes todas las personas morales (compañías) y físicas con actividad empresarial, así como las que prestan servicios profesionales, tendrán que activar obligatoriamente el Buzón Tributario del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Los asalariados que perciban ingresos de una sola fuente quedarán exentos. Incluso, aquellos que presentan declaración fiscal anual y ganan más de 400 mil pesos al año, según los cambios a la miscelánea fiscal 2020.

Las personas morales tienen de plazo el 31 de marzo y las físicas el 31 de abril para habilitar su Buzón Tributario. Las fechas coinciden con el periodo para presentar la declaración anual. Si no, se harán acreedoras a multas que van de 3 mil 80 a 9 mil 250 pesos.

Todos los contribuyentes que entregan comprobantes o facturas deberán activar también su Buzón Tributario. Si son asalariados y tienen ingresos por otras actividades, como arrendamiento, honorarios o asimilados a salarios, tendrán que habilitarlo, explicó Rodolfo Jerónimo Pérez, presidente de la comisión fiscal segunda del Colegio de Contadores Públicos de México.

Añadió que cuando se señalen medios de contacto erróneos o inexistentes (número telefónico o correo electrónico), o se hayan dado de alta antes pero sus datos no coincidan, se considerará que el contribuyente se opone a la notificación y se le podrá informar por estrados, es decir, las notificaciones estarán físicamente en oficinas del SAT y en su página web, con lo que se harán acreedores a multas, de acuerdo con las reformas que se hicieron al artículo 17 K del Código Fiscal de la Federación.

El Buzón Tributario es una herramienta digital que permite la comunicación entre el SAT y los contribuyentes, quienes pueden realizar trámites, presentar promociones, depositar información o documentación, atender requerimientos y obtener respuestas a sus dudas.

Por este conducto la autoridad notifica actos administrativos y da respuesta a solicitudes, promociones o consultas.

Leticia Hervert, ex presidenta del Instituto Mexicano de Contadores Públicos a escala nacional, admitió que hay mucho desconocimiento de los contribuyentes, sobre todo de aquellos que están en zonas rurales, marginadas o personas de mayor edad, pues no están acostumbradas a las nuevas tecnologías, por lo que es muy importante que se asesoren con contadores que tengan los conocimientos fiscales y tecnológicos.

La contadora, abogada y maestra en derecho fiscal destacó que este año, como nunca, los actos de fiscalización van a estar a la vanguardia.

Para dar de alta el Buzón Tributario primero hay que ingresar a la página electrónica SAT.gob.mx., dar click en el recuadro buzón tributario y acceder con contraseña o e-firma.

Después, elegir la opción de configuración y llenar el formulario de medios de contacto. Registrar un teléfono celular y correo electrónico. Se pueden registrar hasta cinco correos para un número celular.

Confirmar el medio con el vínculo que llegará al correo. Hacer click en la liga o con el código enviado al teléfono a través de un mensaje SMS.

Digitarlo entrando al buzón tributario en la opción configuración, donde se lee existe un celular pendiente de confirmar. Dar click en el icono de la llave, y listo.

Recuerde que para concluir el proceso es necesario confirmar en las 72 horas posteriores el registro de su medio de contacto.

Los contribuyentes que requieran mayor orientación podrán comunicarse a MarcaSAT 55 62722 728.