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Denuncian a funcionario de la SSC por deficiente instrucción al personal
 
Periódico La Jornada
Lunes 19 de agosto de 2019, p. 31

Debido al desconocimiento que tienen o que fingen tener elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana sobre las disposiciones de la Ley de Cultura Cívica, razón por la que son omisos ante la comisión de diversas infracciones, residentes de la colonia Hipódromo presentaron una denuncia contra el subsecretario de Desarrollo Institucional de la dependencia capitalina, Bernardo Gómez del Campo, debido a la deficiente capacitación del personal de la secretaría.

La falta de capacitación en estos elementos se hace evidente todos los días en diversas actuaciones del personal policial y ante solicitudes ciudadanas que quedan sin atender conforme a la ley, señaló Rafael Guarneros, coordinador del comité fundacional de la Asociación de Residentes Hipódromo.

No conocen o fingen desconocer la Ley de Cultura Cívica, distorsionan su interpretación, niegan la atención de servicios e incumplen diferentes protocolos de actuación, indicó.

Puso como ejemplo la respuesta de un oficial de policía, quien afirmó: “…En el caso de ruido la Ley de Cultura Cívica no faculta al oficial a presentar al infractor ante el juez cívico”; así como el caso de otro oficial que afirmó que “por reglamento los valet parking pueden apartar cajones de estacionamiento en zonas de parquímetros para usarlos como zonas de ascenso y descenso frente a los bares de la avenida Tamaullipas”.

Al respecto, indicó que el ar-tículo 27, fracción III, de la Ley de Cultura Cívica y de Participación Vecinal, establece que es una infracción a la tranquilidad de las personas producir o causar ruidos por cualquier medio que notoriamente atenten contra la tranquilidad o represente un posible riesgo a la salud; infracción tipo B a la cual le corresponde una multa que va de 11 a 40 unidades de medida, arresto de 13 a 24 horas o trabajo en favor de la comunidad de seis a 12 horas.

El mismo ordenamiento, en su artículo 64, refiere que la acción para el inicio del procedimiento de sanción es pública y su ejercicio corresponde a la administración pública de la CDMX por conducto de las personas policías, las cuales serán parte del mismo.