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TEPJF anula expulsión de Cordero, Cruz y Lavalle de AN
 
Periódico La Jornada
Jueves 8 de noviembre de 2018, p. 22

La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó ayer la multa de 16 mil pesos que se impuso a Ricardo Anaya, ex candidato presidencial de la Coalición por México al Frente, por calumniar al empresario José María Riobóo, además de revocar la decisión de la Comisión de Justicia del PAN que había confirmado la expulsión de los ex senadores Ernesto Cordero y Jorge Luis Lavalle, así como de la ex diputada federal Eufrosina Cruz.

Los magistrados ordenaron a ese partido revisar de nueva cuenta los tres casos de manera particular, completa y exhaustiva para que defina si procede o no la sanción.

Cordero estimó que con esta determinación el tribunal les dio la razón en su apreciación de que fueron expulsados a la mala, de manera injusta y sin considerar su derecho a disentir, de libertad de expresión y objeción de conciencia.

Los tres fueron expulsados un día antes de la elección presidencial del primero de julio por manifestar su intención de votar por José Antonio Meade, quien fuera aspirante del PRI-PVEM y Panal. Explicó que su defensa se basó en el hecho de que Anaya abandonó la ideología panista al establecer la alianza electoral con el PRD. Eso fue lo que se le recriminó y por lo cual recurrieron a la objeción de conciencia.

Ernesto Cordero dijo que esperará a que el próximo cambio de dirigencia en Acción Nacional, signifique una mayor inclusión y regresemos todos los que nos fuimos en algún momento y el PAN pueda ser la alternativa democrática opositora que el país requiere.

Por su lado, la dirección del blanquiazul emitió un comunicado en el que aseguró que la resolución del tribunal tiene como efecto la devolución de los expedientes para que la comisión emita una nueva resolución en cada caso.

Agregó que esto implica que en tanto no resuelva de nuevo las impugnaciones, sigue firme la sanción de expulsión impuesta por la Comisión de Orden para los tres ex legisladores.

Por lo que hace a la multa impuesta contra Ricardo Anaya, los magistrados explicaron que durante el tercer debate presidencial y en un acto proselitista el entonces candidato trató de generar de manera intencional la idea de que el empresario José María Riobóo había participado en hechos de corrupción relacionados con licitaciones sin concurso de obras del gobierno capitalino.

Al ratificar la sanción aprobada por la sala especializada, puntualizaron que las expresiones utilizadas por él generaron una imagen imprecisa de un particular, que afectaron su honorabilidad.

La sala superior señaló que partidos y candidatos están obligados a ser cautelosos al referirse a particulares y evitar expresiones que atenten contra su reputación.

Durante la sesión de ayer, los magistrados desecharon las impugnaciones al acuerdo de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados referidos a los nuevos criterios para la presentación de iniciativas en tribuna por parte de los grupos parlamentarios, que la oposición calificó como ley mordaza.

Explicaron que esa decisión se incluye en el ámbito del derecho parlamentario administrativo y no en el electoral, que les corresponde.