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Habla Bernar Flores Guerrero, asesor legal de esas comunidades en Cuajimalpa

El gobierno de CDMX reconoce a pueblos originarios, pero viola sus derechos básicos

La CNDH exhortó a la ALDF a legislar para que sean considerados en las consultas

 
Periódico La Jornada
Domingo 18 de marzo de 2018, p. 14

El proyecto de decreto del Programa General de Desarrollo Urbano (PGDU) viola los derechos de los pueblos indígenas de ciudad de México. Gobierno y legisladores amenazan la integridad de su territorio, considera en entrevista con La Jornada Bernar Flores Guerrero, asesor legal de esas comunidades de la delegación Cuajimalpa.

El decreto del proyecto del PGDU 2016-2030 debe someterse de manera obligada a consulta y consentimiento de todos los pueblos indígenas de Ciudad de México por mandato constitucional.

Recuerda que el Estado reconoció los derechos de esas comunidades en agosto de 1990, con la aprobación en el Senado del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). La reforma al artículo segundo constitucional, publicada en agosto de 2001, reconoce los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y fue consecuencia del levantamiento en Chiapas del Ejercito Zapatista de Liberación Nacional.

Flores Guerrero señala que el jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, desde finales de 2013 reconoció que los pueblos originarios de la ciudad son descendientes de las poblaciones indígenas que habitaban el territorio antes de la colonización española, y que han conservado sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas o parte de ellas, que habitan un territorio determinado y reconocen autoridades propias.

Mediante acuerdo publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal (7 de noviembre de 2013), el gobierno de la ciudad garantiza los derechos reconocidos en la Constitución, el Convenio 169 y en otros instrumentos del derecho internacional. Así son exigibles al Estado Mexicano con fundamento en los artículos 1 y 133 de la Carta Magna.

Flores abunda: El derecho a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado de los pueblos indígenas en el Convenio 169 dispone que los gobiernos deberán consultar a los pueblos interesados mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarlos directamente.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desde mayo de 2013 ha ratificado que todas las autoridades, en el ámbito de sus atribuciones, están obligadas a consultar a los pueblos y comunidades indígenas antes de adoptar cualquier acción o medida que afecte sus derechos e intereses.

La Corte confirmó en noviembre de 2015 que la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) es la autoridad competente en materia de consulta a esas comunidades. Eso, enfatiza la SCJN, sin perjuicio de la existencia de leyes especiales que faculten a otras instituciones para llevar a cabo los procedimientos de consulta respectivos, en cuyo caso deberán actuar coordinadamente con la comisión aludida.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), en su recomendación 27/2016 exhortó al jefe de Gobierno a que presente una iniciativa de ley a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) sobre el derecho a la consulta previa, libre e informada de los pueblos y comunidades indígenas de la ciudad que haya sido previamente aprobada por ellos. La CNDH también invitó a la Asamblea a legislar al respeto de dicho derecho colectivo indígena.

El pasado 15 marzo la ALDF determinó devolver el PGDU al jefe de Gobierno “por diversas observaciones mediante el dictamen que formularon las comisiones unidas de Desarrollo e Infraestructura Urbana, y de Preservación del Medio Ambiente, Protección Ecológica y Cambio Climático. Flores notó que el dictamen votado por el pleno de la ALDF omite precisar y demostrar los fundamentos y motivos que se presumen en el apartado punto resolutivo, por los que el jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, el secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Felipe de Jesús Gutiérrez, y el Consejo para Desarrollo Urbano Sustentable se abstuvieron de realizar la consulta a los pueblos indígenas de la ciudad, la cual no fue acreditada en el programa por las autoridades capitalinas.

Desde que se inició el proceso para el nuevo programa de desarrollo urbano, integrantes de distintos pueblos de Ciudad de México exigieron ser escuchados al gobierno y la Asamblea capitalinos en los últimos meses, en reclamo por las violaciones a sus derechos colectivos, entre ellos el respeto a la autodeterminación, al territorio, a conservar y mejorar su hábitat, a preservar la integridad de sus tierras ancestrales y exigieron la consulta previa, libre e informada.

El entrevistado concluye con varias preguntas: ¿Por qué se desairó la consulta del nuevo PGDU a todos los pueblos indígenas de la ciudad? ¿Por qué se excluyó a la CDI para el acompañamiento de la consulta en los términos del Convenio 169 y la Convención Americana sobre derechos humanos?¿Por qué la ALDF omitió demostrar que el gobierno de la ciudad se abstuvo de realizar la consulta a todos los pueblos indígenas? ¿Algún compromiso tiene diputada Margarita Martínez Fisher, quien encabeza la comisión legislativa?