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Recomendación de la CNDH a cárceles municipales
 
Periódico La Jornada
Lunes 3 de octubre de 2016, p. 11

En las cárceles municipales y distritales del país se cometen una serie de violaciones a los derechos humanos al tener personas sentenciadas y procesadas por delitos, cuando han sido concebidas solamente como centros de internamiento temporal exclusivo para quienes infringen los reglamentos gubernativos o arrestos administrativos por faltas, más no una pena de prisión.

De acuerdo con la recomendación número 28, la primera que se emite sobre el tema de cárceles municipales, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) destaca que la carencia de servicios existentes en estos centros de reclusión inhibe la meta a alcanzar en el sistema penitenciario, que es la reinserción social efectiva.

Se violan varios derechos humanos

En la recomendación de 41 cuartillas, dirigidas a todos los gobernadores y presidentes gobiernos estatales y presidentes municipales, el organismo nacional señala que realizó una encuesta en las 91 cárceles municipales del país, a fin de diagnosticar la situación presente en estos centros de internamiento.

Los resultados fueron que en dos de estos cárceles no se les proporciona comida a los internos, siendo la familia la responsable de proporcionarlo; en tres había sólo población interna por faltas administrativas, mientras que en 68 existían procesados y sentenciados; en tres únicamente sentenciados y en 16 sólo procesados; en 14 había población interna por faltas administrativas junto con procesados y sentenciados; en tres más tenían adolescentes junto con la población adulta, y en 39 cárceles había tanto mujeres como hombres.

La CNDH subraya que estas cárceles fueron destinadas para una estancia máxima de 36 horas para aquellas personas detenidas por faltas administrativas a los bandos de policía y buen gobierno.

Por ello, argumenta, la infraestructura de estas instalaciones no requiere aulas, talleres o canchas deportivas, que tienen la función de coadyuvar con los propósitos de la reinserción social. Internar a cualquier persona sentenciada en espacios carentes de servicios básicos de alojamiento en condiciones de vida digna y segura deriva en una pena inhumana y degradante y, por lo tanto, violatoria de derechos humanos, señala la recomendación.

Además, advierte que en 54 de las cárceles municipales, es decir 59.3 por ciento, hay mil 496 personas sentenciadas compurgando una pena privativa de libertad. Es necesario reconocer que a éstas se les está privando de su derecho a la reinserción social, señaló.