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Acusó a la empresa Triple AAA por uso indebido de su imagen

Impugnan demanda de El Hijo de El Santo por declarar encapuchado
 
Periódico La Jornada
Miércoles 13 de abril de 2016, p. a15

El Hijo de El Santo está en el banquillo de los acusados. Resulta que por demandar a la empresa Triple AAA por uso indebido de su imagen, el heredero del Enmascarado de Plata fue acusado por la contraparte por acudir a un careo encapuchado, sin identificarse legalmente, lo que –desde su punto de vista– violó su derecho al debido proceso.

El asunto llegó a la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ya que la apoderada de la empresa de lucha –la cual fue sentenciada en primera instancia por usar ilegalmente la imagen de El Hijo de El Santo– alegó que indebidamente el juez de la causa permitió que se careara en el juicio “con un encapuchado, cuando tenía que hacerlo con JEGR (iniciales del nombre), quien “se ostentó como titular exclusivo del personaje humano de caracterización con el nombre de El Hijo de El Santo”.

Este caso, en el que está de por medio el uso de una máscara en un juicio penal, se inició cuando JEGR demandó en mayo de 2014 a la empresa Promociones Peña por distribuir y comercializar el videograma Triplemanía XVII Estelar Lucha Libre AAA –evento realizado el 13 de junio de 2009– en el que, sin autorización, se utilizaron imágenes del luchador.

El amparo lo ganó JEGR y el juez sentenció a la empresa al pago de una multa de 16 mil 440 pesos y a la reparación del daño.

Inconforme, la empresa representada por Marisela Peña Herrada presentó una apelación, en la que argumentó que no existió registro alguno de la presencia del luchador ni cuando presentó su denuncia ni cuando acudió al careo a declarar ante el juzgado, porque quien estuvo en el juzgado fue un sujeto enmascarado o encapuchado, cuya identidad no se conoció.

En la apelación ante un tribunal colegiado, el luchador sí se presentó ante el titular y en un privado se quitó la máscara en presencia de la contraparte y de los funcionarios judiciales autorizados. Demostró su identidad con su credencial del Instituto Nacional Electoral y acudió a la audiencia enmascarado.

Sin embargo, como el tribunal confirmó la sentencia contra la empresa, ésta impugnó y el asunto será resuelto de manera definitiva por la primera sala de la Corte.