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Derechos laborales en la nueva Constitución
E

l modelo político y económico aplicado a México en las décadas recientes suele sustraer de la agenda nacional las relaciones de trabajo; lo que sí incorpora son los mecanismos de control y el despojo cotidiano que promueven la desigualdad y la pobreza en el país. Hoy, los habitantes de la Ciudad de México –si bien con márgenes estrechos– podemos influir en el contenido del capítulo laboral de la nueva Constitución Política, que entrará en vigor el primero de febrero de 2017.

Más allá de la crítica a las reglas constitutivas derivadas de la imposición de los partidos políticos, que sabiéndose minoría en nuestra entidad sólo reservaron a la ciudadanía 60 por ciento de sus diputados o diputadas constituyentes, será importante participar en la elección en junio próximo para nombrar a los representantes que lleven al constituyente las principales demandas.

En la discusión que hasta ahora se ha dado sobre este asunto, identificamos dos tendencias importantes. La primera, formalista y conservadora, que considera que el margen de la Constitución local está sumamente acotado por la Carta Magna federal, por lo que el proceso legislativo debe centrarse esencialmente en el nuevo marco de los trabajadores al servicio del gobierno de la ciudad. Su propuesta es que se incluyan tan sólo declaraciones muy generales, sin precisión en los mecanismos de exigibilidad. Una segunda posición busca identificar y construir, a partir de los espacios que la Constitución General permite, soluciones a las necesidades de la población, incluyendo al sector productivo, con imaginación y sensibilidad social, sin ajustarse a los cánones de otras constituciones locales.

En el contexto de la segunda posición proponemos dividir en tres partes los contenidos que formarían parte de este capítulo laboral. En primer lugar el relacionado con el trabajo en general; se propone fijar como obligación del Estado impulsar los derechos humanos laborales y el diálogo social y productivo mediante el empleo digno, salarios justos y remuneradores, el ejercicio de la libertad de asociación en todas sus formas y la negociación colectiva legitima, haciendo énfasis en su protección contra los actos de injerencia que la limitan y en la importancia de su desenvolvimiento por rama de industria y cadena productiva.

El espacio privilegiado para desarrollar un modelo laboral justo y racionalmente productivo se ubica en el ámbito de la justicia laboral impartida por las autoridades locales y no se limita a los tribunales de trabajo, cuya imparcialidad debe ser garantizada especialmente frente al Poder Ejecutivo, sino también mediante la inspección laboral, prácticamente inexistente en la ciudad por falta de recursos y de voluntad política, y cuyas funciones podrían ser complementadas con una nueva visión del papel del Estado en la defensa de los derechos de los trabajadores, que hoy se ejerce por conducto de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, también de raquítico desempeño.

Convendría también que la agenda hiciera una referencia explícita a la transparencia laboral y a los convenios de la Organización Internacional del Trabajo y sus principios fundamentales, los cuales, en el ámbito del trabajo decente, incluyen entre otros valores la igualdad sustantiva para hombres y mujeres, la no discriminación y la protección al trabajo de menores.

Un segundo aspecto de este capítulo se relaciona con el impulso al sector social de la economía, vinculado al trabajo no asalariado que, como sabemos, es mayoritario. Sería fundamental la construcción de un modelo de protección a través del llamado universalismo básico, que incluye, entre otros aspectos, el apoyo frente a la pérdida del empleo, la pensión universal, el sistema de salud y el derecho a la formación profesional para el trabajo. Obviamente, se trata de aspectos íntimamente relacionados con una nueva política fiscal.

El último aspecto se vincula con los trabajadores al servicio de la ciudad. En el contexto del nuevo estatus político, corresponde a la legislatura local el diseño de su modelo normativo, lo que puede construirse con amplia libertad, ya que sólo se relaciona con el artículo 123 constitucional y sus leyes reglamentarias, sin que se precise referencia específica al apartado A o B.

La clave en esta materia es conciliar los derechos de los trabajadores con los de la ciudadanía y la planeación presupuestal. El medio parece ser un auténtico Servicio Profesional de Carrera para todos los niveles, que deberá estar explicito en el texto constitucional, superando la marginal condición en que se ha colocado a los trabajadores de base, mal pagados, con rigidez en sus condiciones de trabajo y en muchos casos, con bajo desempeño. Obviamente, de esta manera se evita la gigantesca precariedad laboral en las múltiples formas de contratación por honorarios o de temporales para toda la vida.

El apartado burocrático debe ser congruente con las propuestas progresistas de contar con un sistema de justicia imparcial a través de jueces especializados no dependientes del Poder Ejecutivo, respeto al derecho de asociación y al de huelga, sin menoscabo de las garantías esenciales de la comunidad. En este proceso de modernización debe incluirse la vigencia, hasta hoy inexistente, de la inspección laboral burocrática como instrumento sumamente valioso para fomentar la previsión, la conciliación y el respeto a los derechos y obligaciones laborales.

Es amplia la lista de retos en materia laboral burocrática. Basta señalar que el gobierno local es el segundo cliente del actual Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, después de la Secretaría de Educación Pública. Varios miles de juicios esperan resolución o ejecución. La implementación de un nuevo modelo, preferentemente de carácter oral auténtico, es urgente, pues el vigente ha sido afectado en sus bases fundamentales por declaraciones de inconstitucionalidad; esta innovación en materia laboral puede convertirse en camino a seguir en todo el país.

Queda poco tiempo para que la ciudadanía pueda influir en estas definiciones. Hay que trabajar no sólo en el diagnóstico, sino también en las propuestas.