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El tribunal no analizó si era una campaña: Pamela San Martín

Consejera reprueba aval a críticas de locutores a los espots del INE
 
Periódico La Jornada
Sábado 12 de marzo de 2016, p. 8

La consejera Pamela San Martín consideró incorrecto que el tribunal electoral haya validado los denuestos de conductores a la difusión de espots electorales, sin haber analizado si éstos eran parte de una campaña sistemática para alterar la pauta administrada por el Instituto Nacional Electoral (INE).

Recordó que en 2015 esa sala regional especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió lo mismo y dio luz verde a la inclusión de cortinillas antes de la difusión de promocionales.

Pero recordó que esta sentencia fue impugnada ante la sala superior y la revocó, señalando que no era tema de derecho de audiencias, sino de violación del modelo de comunicación política y, por tanto, prohibió la inclusión de dichas cortinillas.

Única consejera del INE que ha defendido esta postura con insistencia, motivo por el cual ha recibido críticas de conductores y columnistas, advirtió: Voy a seguir pronunciándome en el sentido de defender la ley y la Constitución en el ámbito de mis atribuciones. Mi función es dar una explicación pública porque me pronuncio en determinado sentido.

Añadió: No me parece que es correcto que haya una decisión que no analice integralmente estas conductas. No lo comparto. Tendremos que esperar si hay alguna impugnación (el INE ya no puede) y en su caso qué es lo que resuelve la sala superior, que se ha pronunciado en distintas ocasiones sobre el tema de las cortinillas.

Negó que pretenda censurar la opinión de los comunicadores Joaquín López Dóriga, Javier Alatorre, Jorge Zarza y Carolina Rocha, quienes criticaron la difusión de los espots durante las transmisiones de la visita papal. Bienvenida la crítica, tanto a decisiones del INE como a la actuación de cualquier autoridad.

Señaló que habría sido distinto si los comentarios críticos se hubieran dado en otros espacios, pero aquí se hicieron antes y después de la difusión de los promocionales del instituto y de los partidos políticos, en una especie de campaña para alterar el sentido de dichos mensajes.

Consideró, en entrevista vía telefónica pues se encontraba en Veracruz, que los magistrados de dicha sala abordaron temas como la libertad de expresión y los derechos de las audiencias o la importancia de garantizar la pluralidad de la información, pero no la sistematicidad de estos señalamientos.

Expresó que el INE promovió este procedimiento especial no para frenar las críticas a la difusión de espots, sino porque advirtió una especie de campaña para alterar la pauta, cuando los concesionarios deben difundirla sin elementos adicionales, como con sus anuncios comerciales.

Desde su punto de vista, esta sentencia no abona en que se indaguen y se resuelvan las posibles infracciones de la legislación. Las autoridades tenemos, sea quien sea, que pronunciarnos de los hechos que pudiesen ser violatorios de la norma y resolverlos.