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Contra la desaparición de personas en México
E

l pasado 10 de diciembre, después de premiar a la maravillosa Hermana Consuelo, el presidente de la República envió al Congreso de la Unión dos iniciativas de ley: la General para Prevenir y Sancionar la Desaparición de Personas, y la General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

Con el propósito de erradicar estos crímenes, se propone un ordenamiento jurídico armonizado que asegure que cada orden de gobierno cumpla cabalmente su responsabilidad.

Para construir la iniciativa en materia de desaparición de personas, la Secretaría de Gobernación organizó una consulta ciudadana dividida en tres etapas: participación en línea, mesas de trabajo y conversatorios ciudadanos. Fueron convocados expertos, académicos, ONG, organismos nacionales e internacionales de derechos humanos, dependencias del gobierno federal y de los locales y, sobre todo, diversos colectivos constituidos por víctimas, quienes en medio de su dolor, sacan fuerza para buscar a sus familiares, y ahora exigen que la ley sirva para cambiar el estado de cosas y erradicar la desaparición.

Se trata de una iniciativa que define tres delitos diferentes: el de desaparición forzada, cuando intervienen fuerzas del Estado o se realiza con su consentimiento; el de desaparición por particulares, y los delitos vinculados a la desaparición, mismos que sanciona con las penas más altas de nuestro ordenamiento jurídico.

Por su extrema gravedad se persigue de oficio, es continuo, no prescribe y los procesados no gozarán de los beneficios de la libertad preparatoria, sustitución o conmutación de la pena, así como de la aplicación de causales de exclusión. La iniciativa contiene un título específico que desarrolla progresivamente la atención inmediata a las víctimas, así como la Declaración Especial de Ausencia, a fin de reconocer y proteger la personalidad jurídica del desaparecido, pero le permite a sus familiares ejercer sus derechos.

Asimismo, define las bases de colaboración entre autoridades, estableciendo el Sistema Nacional de Búsqueda, que garantiza una respuesta inmediata para encontrar y brindar auxilio a las víctimas, integrado con herramientas como el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, y el Registro Nacional Forense, para facilitar la localización e identificación, reglamentando lo relativo a la disposición de cadáveres y restos.

Para asesorarlo, crea además el Consejo Nacional Ciudadano, al que pertenecen defensores de derechos humanos, especialistas y familiares de las víctimas.

Sigue ahora la etapa legislativa. Los senadores y diputados deber ser sensibles. En muchos de sus estados y distritos se encuentran con una sociedad agraviada por la impunidad que los encara exigiendo verdad y justicia. Les corresponde afinar, dictaminar y votar la ley para enviar un mensaje claro a los perpetradores, sean o no agentes del gobierno, de que el Estado en su conjunto los buscará y castigará, apoyado en una buena ley.

Y luego, la etapa de implementación en el Poder Ejecutivo, reto enorme en un país donde quedan, todavía, reminiscencias del obedézcase pero no se cumpla, del derecho castellano del siglo XVI