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El cambio se realizó después de una queja expresada por el Morena

Amplía el INE el periodo para registrar coaliciones en procesos electorales locales
 
Periódico La Jornada
Viernes 26 de diciembre de 2014, p. 9

El consejo general del Instituto Nacional Electoral (INE) modificó los lineamientos para la solicitud de registro de los convenios de coalición en procesos electorales locales, con lo cual se podrá pedir la inscripción hasta el inicio de las precampañas previsto para el 10 de enero próximo, y no 30 días antes de éstas, como se tenía contemplado originalmente.

Con ello acató el fallo del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que le ordenó modificar el documento al resolver una queja del Movimiento Regeneración Nacional (Morena). El martes pasado los magistrados acordaron inaplicar el artículo 92 de la Ley General de Partidos Políticos, que fija el registro de las alianzas 30 días antes de las precampañas. Ello porque contraviene un transitorio de la Constitución, el cual establece la inscripción hasta que se inicie la etapa de proselitismo referida.

Al revisar el tema, los consejeros y los representantes del Partido de la Revolución Democrática (PRD) y Morena se enfrascaron en un fuerte debate jurídico sobre la aplicación de la Constitución y de las leyes secundarias por parte del INE.

En sesión extraordinaria del consejo general, Pablo Gómez, del PRD, destacó que en la inscripción de las coaliciones hay una antinomia entre la Carta Magna y la ley secundaria y, en ese caso, el instituto prefirió integrar en los lineamientos lo estipulado en la segunda, pese a estar comprometido a respetar la Constitución y acatarla como la norma suprema que es.

En respuesta, Lorenzo Córdova, presidente consejero del INE, refirió que cuando hay una norma inferior que entra en contradicción con la Carta Magna en materia electoral, toca al tribunal determinar la inconstitucionalidad de aquella, inaplicarla o mandatar al órgano electoral que aplique directamente la Constitución, y no es atribución del instituto.

Sin embargo, Gómez y Horacio Duarte, de Morena, rechazaron tal lectura. El segundo puntualizó que el artículo 35 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) sí da al órgano electoral la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, es decir, le da una circunstancia diferente a ser simplemente aplicador de la ley ordinaria.

El ex diputado aprovechó para solicitar nuevamente a la mesa del consejo, los convenios con los Organismos Públicos Locales Electorales (Oples), ya que estos pueden dar una vía jurídica para valorar el tema de la fecha electoral de Chiapas, estado que tendrá su elección el tercer domingo de julio y no el primero de junio como el resto del país y por lo cual ya hay un fallo de la Corte que anulo tal disposición pero entrará en vigor hasta el 2018.

Córdova también señaló que los magistrados tienen la facultad de ejercer la plena jurisdicción, cosa que en estas fechas navideñas se habría agradecido, pero opto por no hacerlo y por ello, el consejo general sesionó ayer para rehacer el documento.

A la pregunta de un consejero en torno a por qué nunca mencionó la contradicción que hay en el tema del registro de coaliciones cuando se discutía el asunto en el INE durante la sesión del 10 de diciembre, Pablo Gómez simplemente respondió que le ocurrió lo mismo que a su interlocutor, es decir, que no se dio cuenta, nada más que yo si lo reconozco y no tengo ningún problema al respecto.