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Argumenta que son lúdicos y no informativos

Apela CIRT que INE monitoree en 2015 programas de espectáculos

El organismo electoral rebasa el mandato que le impone la ley, asegura

 
Periódico La Jornada
Miércoles 12 de noviembre de 2014, p. 19

Por considerar que programas como Ventaneando son lúdicos y no informativos, la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y la Televisión (CIRT) apeló de la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de monitorear las coberturas electorales en dichos espacios.

En el recurso interpuesto ante el Tribunal Electoral, Miguel Orozco, director de la CIRT, demanda revocar la determinación del consejo general del instituto por rebasar el mandato que le impone la ley para monitorear los programas de noticias, al incluir algunos de espectáculos o revista. Así, tendrían que revisar programas deportivos, de entrevista, análisis, especiales, de negocios o ventas, entre muchos otros, expresó irónicamente en el texto.

El pasado 22 de octubre, en votación dividida, el consejo general del INE aprobó monitorear las coberturas electorales que hagan las emisiones de espectáculos, pero no las de opinión.

El consejero Ciro Murayama fue quien propuso monitorear los tiempos dedicados a temas electorales en programas de espectáculos en televisión y radio: Hoy con Andrea Legarreta; Venga la Alegría con Raquel Bigorra; Ventaneando con Paty Chapoy; Hola México con Mónica Garza; Martha Debayle en W con Martha Debayle; Todo para la mujer con Maxine Woodside; Qué tal Fernanda con Fernanda Familiar; Pasillo TV; el de Alfredo Palacios, y La taquilla con René Franco.

Los programas de espectáculo o revista se caracterizan por la presentación habitual de aspectos relacionados con personas del medio artístico o incluso personajes de la vida pública nacional, pero siempre enfocados al entretenimiento, por lo que sus contenidos no se encuentran vinculados con el género de noticias o el ámbito político, argumentó la CIRT.

Añadió que esas emisiones no comparten el objetivo de los espacios informativos, ya que sus contenidos tienen un fin lúdico, por lo cual no se ubican en el supuesto de los programas que deben ser monitoreados por la autoridad electoral, pues aun cuando en ocasiones presentan noticias, éstas se enfocan esencialmente a aspectos relacionados con el entretenimiento.

También se inconformó con la decisión de monitorear 10 programas que, a juicio del INE, cumplen con el criterio de mayor audiencia nacional, sin considerar que no son noticiosos y menos aun de corte político electoral.

Reprochó al instituto arrogarse una facultad legislativa que modifica o altera el contenido de una ley y contradecirse al no monitorear espacios de opinión y sí de espectáculos.