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Atrae el caso la sala superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal: Ramón Amieva

Conceden amparo al GDF para no devolver a la Federación $489 millones de la línea 12
 
Periódico La Jornada
Miércoles 21 de mayo de 2014, p. 37

La Secretaría de la Función Pública (SFP) no logró revertir la suspensión provisional que el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA) otorgó al Gobierno del Distrito Federal para evitar el rembolso de 489 millones 422 mil 377 pesos de fondos federales asignados a la construcción de la línea 12 del Metro reclamados por la dependencia federal, hasta que se resuelva de fondo el juicio correspondiente.

José Ramón Amieva Gálvez, consejero jurídico y de servicios legales del gobierno capitalino, informó que la magistrada de la quinta sala regional metropolitana del TFJFA, Mariana Moreddu Gilabertt, concedió la suspensión definitiva.

Con esto, la SFP no podrá realizar acción alguna para hacer efectiva dicha reclamación hasta que se resuelva de fondo el juicio de nulidad que interpuso el gobierno capitalino.

La SFP presentó en sus auditorías sobre los fondos que la Federación destinó a la línea 12 observaciones por 594 millones 376 mil 156.77 pesos. El gobierno de la ciudad justificó dicho monto como adeudo de obras ejecutadas de 2008 a 2011, pero la SFP sólo reconoció 104 millones 953 mil 779 pesos, que corresponden a 2011.

Amieva informó además que el presidente del TFJFA, Manuel Luciano Hallivis Pelayo, determinó atraer el caso a la sala superior del órgano jurisdiccional, por lo que será el pleno y no la sala regional la que resolverá el juicio.

Entrevistado luego de reunirse con diputados de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) que integran la comisión que investiga la línea 12, a los que expuso el estado actual de los juicios y el contrato, el funcionario informó que en el caso de la acción declarativa que se solicitó al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF) para que se pronuncie sobre los alcances del contrato, en los primeros días de junio vence el plazo para que el consorcio responda.

Nosotros estamos ciertos de los alcances que estamos solicitando. Estamos afirmando que es un contrato a precio alzado, donde no puede ser variado el monto; nosotros afirmamos que existe una fianza que garantiza no solamente los vicios ocultos, sino cualquier otra irregularidad; acreditamos que se ha dado el mantenimiento, no solamente durante este año, sino hasta el último día de abril, y estamos acreditando que de acuerdo con este contrato, cualquier situación, cualquier falla, tiene que ser solventada, rehabilitada por parte del consorcio.

En el caso de la fianza, dijo que ésta no puede hacerse efectiva en este momento, porque el estado contractual en que está es de liquidación; en estos días se presentará la liquidación y el consorcio tiene que determinar si está de acuerdo o no. Después procede el finiquito, y es el momento en que nosotros sabemos si hay que aplicar algún tipo de sanción o algún concepto mal ejecutado.