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Su manifiesto no cumple norma sobre tratamiento de lixiviados, afirma

Semarnat niega a minera explotación de oro y plata en cerros de Temixco
Corresponsal
Periódico La Jornada
Sábado 8 de junio de 2013, p. 30

Cuernavaca, Mor., 7 de junio.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) rechazó el manifiesto de impacto ambiental que presentó la empresa canadiense Esperanza Silver para explotar una mina de oro y plata en la comunidad de Tetlama, municipio de Temixco.

El titular de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, Topiltzin Contreras Macbeath, y el delegado de la Semarnat en Morelos, Martín Vargas Prieto, confirmaron lo anterior y aseguraron que el resolutivo se emitió el 5 de junio.

El principal argumento fue que no se cumplió la Norma Oficial Mexicana respecto al tratamiento de los lixiviados. Esa norma no se cumplió correctamente, al parecer es la 155 Semarnat 2007, (por lo que) se debe considerar la categorización del patio de lixivización, especificó Vargas Prieto.

Nos acaban de avisar que salió el resolutivo de la Semarnat en contra de la minera Esperanza Silver, esto quiere decir que fue rechazado el estudio de impacto ambiental, nos da mucho gusto, hay un trabajo muy intenso por diversos sectores de la sociedad y académicos que aportaron mucha información, y la Secretaría de Desarrollo Sustentable, comentó Contreras Macbeath.

El funcionario estatal festejó el rechazo de la Semarnat a la explotación de oro y plata en los cerros El Jumil y Colotepec, pues esto afectaría el ambiente, los mantos de agua y la zona arqueológica de Xochicalco, como muestran los estudios presentados ante la dependencia federal.

El delegado de la Semarnat, Martín Vargas Prieto, precisó que ahora la empresa canadiense tiene 15 días hábiles para ingresar un recurso de revisión para solicitar que se apruebe el estudio.

Se entregó (a la empresa) el resolutivo donde se niega la autorización y se le informó también que tiene a salvo sus derechos para ejercitar de nueva cuenta las acciones correspondientes para someter el proyecto a la evaluación de impacto ambiental ante la dependencia previo cumplimiento de las disposiciones legales vigentes y aplicables al mismo, o también puede ser impugnada mediante un recurso de revisión, expresó.

Explicó que la Semarnat rechazó la operación de la minera al tomar en cuenta la evaluación de impacto ambiental, el clima, la geología, fisiografía, cuencas hidrológicas y vegetación, además se realizaron consultas públicas a los sectores social y académico.