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Cambiar el artículo 28, pide el CCE
 
Periódico La Jornada
Jueves 11 de abril de 2013, p. 21

Al entrar en su fase final la discusión de la reforma en telecomunicaciones, el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) demandó a los senadores modificar el artículo 28 constitucional, donde se definen los lineamientos para impedir monopolios, con el argumento de que deja a los empresarios en estado de indefensión.

La postura del organismo cúpula del sector privado dividió opiniones. El senador Javier Corral Jurado (PAN) consideró que no tiene razón, y pidió a los integrantes de las comisiones dictaminadoras no aceptar presiones, pero otros miembros de su bancada se colocaron de inmediato del lado del CCE.

A su vez, el presidente del Senado, Ernesto Cordero, sostuvo que no van a legislar al vapor ni a cometer errores históricos, y el titular de la Comisión de Puntos Constitucionales, el priísta Raúl Cervantes, dijo que el dictamen se votará la próxima semana.

En un desplegado publicado ayer, el CCE insistió en que los cambios hechos al artículo 28 constitucional lesionan a la IP, ya que señalan que tanto las normas, actos u omisiones de la Comisión Federal de Competencia Económica (CFC) y del instituto federal de telecomunicaciones (Ifetel) únicamente podrán ser impugnados mediante el juicio de amparo indirecto y no serán objeto de suspensión.

El CCE sostiene que tales cambios generan incertidumbre, y de aprobarse en los términos propuestos, la Cofeco carecería de un contrapeso judicial que garantice la supervisión del estado de derecho. Las reformas propuestas afectan a todo el sector productivo, que requiere de un clima de competencia económica efectiva tanto como de certidumbre jurídica.

Sólo se resisten: Corral

Con los ajustes planteados se deja a los empresarios en la indefensión, por lo que manifestamos nuestro total desacuerdo, señala, y pide a los senadores analizar a profundidad la reforma y hacer los cambios necesarios para que la Cofeco sea un órgano independiente que regule la competencia, además de respetar las formalidades esenciales de procedimiento y garantizar el acceso a la justicia.

Corral desmintió dichos señalamientos. Explicó que las disposiciones del artículo 28 sólo se refieren a medios concesionados, cuyos dueños podrán recurrir al amparo, pero sin que les conceda la suspensión provisional. En realidad lo que pretenden es seguir resistiendo a los ordenamientos de la autoridad, cuando ordene la desinversión, la desincorporación o la partición de acciones en empresas o activos.