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Abogado precisa que no se despojará de sus viviendas a los actuales propietarios

Niegan que restituir terrenos en Tila desate un conflicto en la comunidad

De las 130 hectáreas, 78 son utilizadas para trabajo común, aclara Simón Hernández León

 
Periódico La Jornada
Miércoles 3 de abril de 2013, p. 21

Es falsa la percepción de la mayoría de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de que devolver las tierras a la comunidad del ejido de Tila produciría un conflicto social, sostuvo la defensa legal de los quejosos, la cual precisó que restituir las 130 hectáreas a la comunidad no implica despojar a los actuales propietarios de sus viviendas.

La restitución es jurídicamente viable y no hay riesgo de que se desate un conflicto en la comunidad, sostuvo en entrevista Simón Hernández León, quien colabora con el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) en la defensa legal de los indígenas choles dueños de los terrenos en pugna.

Precisó que si la Corte da la razón los quejosos, quienes tienen predios en la zona afectada mantendrían la posesión de éstos.

Explicó que si la SCJN ordena la restitución de las 130 hectáreas exigidas, subsiste la vivienda, pero bajo el régimen ejidal. Detalló que con este modelo, la escritura del terreno se hace bajo el régimen ejidal, lo que implica que los actuales dueños pueden vivir ahí, incluso heredar su tierra, pero no la pueden vender.

En cuanto a la exigencia de los indígenas choles de que les devuelvan los terrenos que ocupan diversos inmuebles municipales, cuya posesión está en conflicto desde hace más de 50 años y que les fue arrebatada mediante el Decreto 72, aprobado en 1980 por el Congreso de Chiapas.

El abogado precisó que dichas instalaciones pasarían a ser administradas por el ejido, ya no por el ayuntamiento.

En un documento entregado por los ejidatarios a los ministros, en el que se oponen al cumplimiento sustituto de la sentencia, se subraya que, por acuerdo de la asamblea ejidal, la comunidad se comprometió a respetar la posesión de los terrenos de quienes ocupen actualmente la zona en conflicto.

Foto
Comunidad de San José El Limar, municipio de TilaFoto Víctor M. Camacho

Además, da cuenta que, de las 130 hectáreas, 78 son utilizadas actualmente para trabajo común; es decir, casi 60 por ciento.

Hay 115 casas construidas por pobladores no ejidatarios en el área referida, por mil 225 de los ejidatarios, lo que descarta algún conflicto.

Además, recuerda que el ejido ya ha autorizado desde hace años la construcción de decenas de escuelas, clínicas, instalaciones y servicios públicos.

Sin embargo, exigen que les sean devueltas las instalaciones que construyó el municipio sin autorización de la comunidad, a partir de 1980, entre las que se encuentran una escuela, un auditorio y otras obras, además de que cuestionan que a partir de ese año se cobre impuesto predial a los pobladores.

Por otra parte, Hernández León manifestó preocupación por la decisión del pleno de la SCJN de rechazar el proyecto de dictamen elaborado por la ministra Olga Sánchez Cordero, en el que se proponía restituir las 130 hectáreas al ejido.

El abogado agregó que la comunidad está en contra del cumplimiento sustituto y que, además, la Corte está ante la oportunidad histórica de defender los derechos de una comunidad indígena, a partir de un conflicto agrario, a la luz de la reciente reforma constitucional que amplió la protección de los derechos humanos.