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Migración en Francia

Desde otras ciudades
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Migrante musulmana en ParísFoto Reuters
P

arís. En el país de los enciclopedistas importa llamar sin papeles o irregulares mejor que ilegales o clandestinosa los inmigrantes que, en dicha situación, caen en la figura de un delito, previsto por el Artículo L. 621-1 del código de entrada y residencia de extranjeros y del derecho de asilo y penado con la conducción a la frontera o alejamiento del territorio que en buen español se llama expulsión.

Entre los llamados sans-papiers, sólo de 5 a 10 por ciento entraron de manera clandestina, el resto se quedó en Francia tras el vencimiento de su visa y no han podido regularizar su situación, ya sea mediante el agrupamiento familiar, matrimonio con ciudadano-a francés, progenitor de hijo-a nacido en Francia o de hijo-a escolarizado en este país, o por haber trabajado y pagado impuestos durante varios años.

Considerada una dimensión de la política penal la lucha contra la inmigración irregular en Francia –acorde con las directivas europeas–, fue actualizada en 2003 con las reformas al citado Código y al Código Penal y de procedimientos penales (artículos 78-1 a 78-2-4 y n° 2003-1119) Mediante dichos instrumentos, el control de los flujos migratorios se realiza con el concurso del Ministerio Público, prefecturas regionales y departamentales, fuerzas policiacas y gendarmes, bajo la coordinación de la policía de la inmigración (UCOLII), quienes deben “interpelar en la vía pública personas cuya calidad de extranjeras se funde sobre signos objetivos (…) deducidos de las circunstancias y lo que sea exterior a la persona misma”, excluyendo el uso de una lengua extranjera como criterio de extranjeridad.

La circular CRIM 2006 05 E1/21-02-2006 dirigida a las autoridades judiciales y policiacas no deja de advertirles que el respeto a las formas evitará la anulación de un juicio de expulsión otorgado al apelante por un juez de las libertades públicas, para indicar enseguida las formas legales de cumplir con su “obligación de interpelar de manera selectiva (contrôles ciblées) en los alrededores de casa-hogares o barrios conocidos por albergar inmigrantes, así como en domicilios –con órdenes judiciales–, espacios públicos o en las ventanillas de las prefecturas donde la autoridad debe exhibir un comportamiento leal: no atraer con engaños al inmigrante irregular.

Yuriria Iturriaga, corresponsal