Sociedad y Justicia
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Snap: elaborar una lista nacional de agresores, un logro

Aplauden que la pederastia sea considerada delito grave
 
Periódico La Jornada
Domingo 2 de mayo de 2010, p. 38

La Red de Sobrevivientes de Abuso Sexual por Sacerdotes (Snap, por sus siglas en inglés) aplaude que el Senado haya tipificado la pederastia como delito grave en el Código Penal Federal y que la minuta aprobada no fuera modificada para suavizarla.

En entrevista, Eric Barragán Burgueño, presidente de la Snap para América Latina, precisó que es una propuesta fuerte, que significa un verdadero regalo para los niños, pero ahora esperamos que pronto entre en vigor. Añadió que este es sólo el primer paso para proteger a la infancia de los depredadores sexuales. Lo siguiente es eliminar la prescripción del delito y establecer que las instancias que encubran a pederastas pierdan sus registros y reconocimientos oficiales.

Destacó que estos cambios garantizan que quienes son encontrados culpables de ese ilícito purguen penas que van de nueve a 18 años, y de haber habido violencia física como agravante, el castigo puede extenderse hasta 27 años, pero resaltó que uno de los puntos más importantes es que se elaborará una lista nacional de pederastas, es decir, se tendrá una base de datos, lo que servirá para confirmar antecedentes, por ejemplo para evitar que sean contratados en empleos en los que tienen contacto con menores.

Con lo anterior, muchos de estos delincuentes perderán automáticamente la especie de fuero que les brinda la impunidad y el encubrimiento existente, y que les permite seguir abusando de infantes.

Agregó que en el caso de los sacerdotes, pero sobre todo de los jerarcas, quienes arguyen que no tienen la obligación de denunciar los delitos que cometen sus integrantes, si la víctima no ha denunciado ante la autoridad civil, ahora no podrán ampararse en esa tesis. Con estos cambios los clérigos tendrán la obligación de denunciar, porque lo que prevalece ahora es el interés superior del niño y no de la institución, e incluso si se comprueba que se le había avisado y no se hizo nada ,enfrentarán cárcel.

También destacó que al establecer que quienes cometen este delito serán inhabilitados de su cargo, empleo o profesión, los sacerdotes también perderán su facultad de ejercer como tales”. Tendrán que ser retirados del ministerio, ya no dependerá de la Iglesia si los suspende, tendría que ser en automático”.

El directivo de la Snap también subrayó el hecho de que las víctimas incluso podrán denunciar hasta un año después de haber cumplido los 18 años de edad, pero insistió que lo ideal es que el delito no prescriba.

Otra virtud de la ley es que establece programas de educación para los menores sobre su cuerpo y de prevención de abusos en instituciones como escuelas o donde haya afluencia de menores de forma regular, así como esquemas de sensibilización para adultos que traten con niños.

Entre las reformas al código también destaca que quien tenga la obligación de hacer la investigación de denuncias por este delito, no lo haga y proteja a la persona que lo cometa, ya sea escondiéndola o cambiándola de sede, cuando se trate de instituciones religiosas, educativas o culturales, estas acciones tendrán pena de prisión de seis meses a tres años y de 50 a 200 días de multa.