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La entrega se da conforme al tratado bilateral suscrito en 1977

Realiza México el primer intercambio de reos con Estados Unidos en este año
 
Periódico La Jornada
Lunes 16 de marzo de 2009, p. 7

La Procuraduría General de la República (PGR) anunció este domingo que México realizó el primer traslado internacional de reos entre los gobiernos de nuestro país y de Estados Unidos, al enviar a 10 estadunidenses sentenciados aquí por delitos relacionados con la delincuencia organizada.

La dependencia precisó que entre el 9 y 13 de marzo pasados fueron enviados a Estados Unidos 10 reos condenados por delitos contra la salud, homicidio, portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército y uso de moneda falsa.

Esta entrega de presos sentenciados por tribunales mexicanos se hizo con base en lo estipulado en el Tratado sobre Ejecución de Sentencias Penales suscrito en 1977 entre México y Estados Unidos.

Se trata de un convenio bilateral similar al tratado de Estrasburgo firmado entre Francia y México en los años 80. Su nombre oficial es Convención sobre la Transferencia de Personas Condenadas y data del 21 de marzo de 1983.

La entrega de reos estadunidenses para que purguen en su país sus condenas dictadas por jueces mexicanos se da en medio de una polémica suscitada en nuestro país en días recientes a partir del caso de la francesa Florence Cassez Crepin.

Esta mujer fue condenada por dos jueces mexicanos a 60 años de prisión por tres secuestros, en los que se le ligó en grado de copartícipación.

La comisión binacional

Como resultado de esta situación se conformó una comisión binacional entre México y Francia, que estudiará la posibilidad de que Cassez Crepin sea repatriada a Francia.

Este tratado, que es revisado por la comisión binacional, prevé que las partes se comprometen a otorgar mutuamente la cooperación más amplia posible en materia de transferencia de personas condenadas.

Asimismo, en su punto 2, del artículo 10, el Tratado de Estrasburgo especifica: “Si la naturaleza o la duración de dicha sanción fueren incompatibles con la legislación del Estado de cumplimiento o si la legislación de dicho Estado lo exigiere, el Estado de cumplimiento podrá adaptar, mediante resolución judicial o administrativa, dicha sanción a la pena o medida prevista por su propia ley para las infracciones de igual naturaleza.

Dicha pena o medida corresponderá, en la medida de lo posible, en cuanto a su naturaleza, a la impuesta por la condena que haya de cumplir. No podrá agravar por su naturaleza o por su duración la sanción impuesta en el Estado de condena ni exceder del máximo previsto por la ley del Estado de cumplimiento, agrega el artículo 10, denominado Prosecución del cumplimiento.

Respecto del comunicado de la PGR, la dependencia especificó que los gobiernos de México y Estados Unidos realizaron el primer traslado internacional de reos en este año, que incluyó la repatriación de 26 mexicanos y de 10 estadunidenses.

Según la dependencia, esta acción se realizó con el propósito de que los presos regresen a sus países de origen para cumplir sus sentencias.

Los reos mexicanos fueron sentenciados por autoridades judiciales estadunidenses por los delitos de lavado de dinero, portación de arma prohibida y delitos contra la salud.

La PGR precisó que éste fue el primero de cuatro traslados internacionales que se realizarán en este año entre ambos países, en colaboración con la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Policía Federal Preventiva.