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La transición

Gabinete de seguridad

Disparidad de criterios entre jueces y magistrados facilita la libertad de indiciados
 
Periódico La Jornada
Miércoles 8 de agosto de 2018, p. 15

La falta de criterios uniformes entre jueces y magistrados relacionados con el aseguramiento de bienes, cuentas y cateos, ya ha beneficiado a operadores financieros y que forman parte de grupos delictivos como el cártel Jalisco Nueva generación (CJNG), y en el futuro podrían afectar investigaciones en las que se indagan o se han llevado a juicio a personajes políticos por desvíos de recursos institucionales, advirtieron integrantes del gabinete de seguridad nacional.

Lo anterior ocurre, toda vez que, de acuerdo con documentos judiciales, existen casos en que los jueces federales se han negado a decretar aseguramiento de cuentas o inmuebles que le han sido solicitados por el Ministerio Público Federal, al considerar que ello viola una resolución de la Corte de 2017, cuyo engrose (términos definitivos) no ha sido publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Hay jueces que consideran que la Procuraduría General de la República (PGR) no requiere solicitar los aseguramientos y peticiones de información financiera ante la Secretaría de Hacienda a jueces de control, y otros juzgadores –cuando ya se han judicializado (consignado) los casos–, les señalan que por no haber pedido autorización judicial se obtuvieron pruebas ilegalmente.

Las autoridades entrevistadas refirieron que en distintas entidades, los jueces de distrito han dictado resoluciones que son en sentido contrario a criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que han permitido que presuntos responsables de delitos obtengan su libertad, por ejemplo, en el juicio oral 6/2018 del 27 circuito, con sede en Quintana Roo, en julio pasado fue puesto en libertad un inculpado, porque un tribunal unitario consideró que el cateo que se realizó durante su aprehensión se llevó a cabo porque uno de los participantes firmó el acta de la diligencia.

Sin embargo, explicaron, la SCJN estableció que se puede designar con carácter de testigos a la autoridad ejecutora, siempre y cuando haya ausencia de ocupantes en el domicilio cateado o bien éstos se nieguen a a firmar la diligencia.

En tanto que se desahogan juicios como el del ex gobernador de Veracruz Javier N, que inicialmente se le negó a la PGR la posibilidad de solicitar información a la Comisión nacional Bancaria y de Valores (CNVB) con la cual se fortalecería la acusación en su contra por lavado de dinero, porque el juez estimó que los datos ya estaban en la carpeta de investigación y aprobar que se confirmaran por parte de la autoridad fiscal, era considerar que se violaban los derechos del imputado.

Este es uno de los cientos de casos que se podrían perder, señalaron los entrevistados, porque hay jueces que se niegan a aprobar o autorizar los aseguramientos de cuentas, porque los jueces estiman que no están autorizados a emitir esas resoluciones debido a que “ese supuesto no se encuentra dentro de los supuestos (facultades) previstos en el artículo 252 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP).

Así, existen “casos anteriores al sistema penal acusatorio en los que los jueces han establecido que la autoridad debió solicitar a jueces de control (que entraron en vigor hasta hace dos años) su autorización para los aseguramientos financieros o para solicitar información a la Unidad de Inteligencia Financiera.

Ello es un contrasentido que puede beneficiar a los imputados en casos sumamente importantes, como ex gobernadores u operadores financieros de organizaciones criminales, entre ellos las acusaciones que pudieran darse en el futuro porque las investigaciones iniciaron antes del nuevo sistema, y actualmente están en etapa de desahogo de pruebas, como las acusaciones contra el ex gobernador Andrés Granier Melo, quien enfrenta cargos de defraudación fiscal y las pruebas se recabaron antes de la entrada en vigor del nuevo sistema de justicia penal.

En las determinaciones judiciales también se ha argumentado que los jueces carecen de facultades para ordenar el aseguramiento de cuentas bancarias, y en sus mismas resoluciones puntualizan que el Ministerio Público no puede decretar el aseguramiento de cuentas por una decisión de la Corte, lo cual ha provocado que en diversas indagatorias –cuando ya se pueden congelar cuentas bancarias–, ya no existen recursos.