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Política

2022-06-17 07:36

El titular de SG no incurrió en uso indebido de recursos: TEPJF

Magistrados durante una sesión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en imagen de abril pasado.
Magistrados durante una sesión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en imagen de abril pasado. Foto Roberto García Ortiz

Ciudad de México. En una sesión en la que repartieron sanciones y señalamientos a distintos partidos y funcionarios, por acciones vinculadas al proceso de consulta de revocación de mandato, magistrados electorales determinaron que el secretario de Gobernación, Adán Augusto López, no incurrió en uso indebido de recursos públicos al trasladarse en un avión de la Guardia Nacional (GN).

El funcionario argumentó que el primer fin de semana de abril viajó a entidades de la República para asistir a reuniones del gabinete de seguridad.

En su demanda, el PAN alegó que junto con la secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana, Rosa Icela Rodríguez, y otros funcionarios, como el titular de la GN, Luis Rodríguez Bucio, usó la aeronave para ir a mítines políticos realizados en Veracruz, Coahuila y Sonora. Además, lo acusó de pronunciarse sobre la reforma eléctrica y por la continuidad del presidente López Obrador.

Con el voto unánime de los tres magistrados que integran la sala especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), se declaró la inexistencia de la infracción de uso indebido de recursos públicos atribuida a Adán López y Rodríguez Bucio.

Sin embargo, determinó que el primero sí incurrió en difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido y promoción en favor del Ejecutivo federal y de la revocación de mandato.

También acreditó impulso ilegal a dicho proceso de revocación de parte del gobernador de Sonora, Alfonso Durazo; la secretaria de Energía, Rocío Nahle, y el senador morenista Armando Guadiana, así como al titular de Seguridad Pública de Veracruz.

En otros expedientes, Morena libró una sanción, junto con el PT, pero en otros asuntos sí se declaró la existencia de propaganda gubernamental en periodo prohibido (revocación de mandato), por un comunicado divulgado por el grupo parlamentario del partido en el poder, aunque responsabilizó exclusivamente al jefe de prensa de la bancada en el Senado.

Y en otra carpeta, mientras al dirigente del PAN, Marko Cortés, le puso una multa de 24 mil pesos por hacer promoción negativa y desincentivar la participación ciudadana en dicho proceso revocatorio, a Morena lo castigó con 144 mil 330 pesos, y a su dirigente, Mario Delgado, con 57 mil 732, por vulnerar pautas de difusión de espots. El magistrado Luis Espíndola destacó que la sanción al PAN era muy baja.

Los fallos de la sala especializada pueden ser impugnados ante la sala superior del TEPJF.

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