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Avala la SCJN reforma de 2024 para sancionar violencia vicaria

Exhorta al Congreso a corregir ambigüedades en leyes

 
Periódico La Jornada
Miércoles 15 de octubre de 2025, p. 10

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló ayer la reforma de enero de 2024 a leyes que sancionan la violencia vicaria, pero exhortó al Congreso de la Unión a corregir ambigüedades al considerar que no hay claridad sobre los elementos que configuran el delito.

El caso llegó a la Corte tras la acción promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que demandó la invalidez de artículos de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de los códigos federales Civil y Penal, al argumentar que la reforma vulnera el interés superior de niñas, niños y adolescentes, pues no los reconoce como víctimas ni los protege de toda forma de violencia.

Asimismo, la CNDH sostuvo que la ley viola los principios de seguridad jurídica y legalidad, ya que no es clara ni precisa al describir el delito de “violencia a través de otra persona”, es decir, la ejercida contra las mujeres usando a terceros sujetos, entre ellos sus hijos. Sin embargo, la Corte declaró infundada la impugnación.

“Si bien la finalidad de las disposiciones normativas controvertidas es garantizar la protección de las mujeres frente a la violencia ejercida a través de interpósita persona, ello no significa dejar desprotegidas a niñas, niños y adolescentes...”, explicó la ministra ponente Lenia Batres Guadarrama, al destacar que el Estado tiene la obligación de salvaguardar el interés superior de los infantes y que existen otras leyes que refuerzan su protección.

El asunto se resolvió en tres votaciones distintas. En las dos primeras, por unanimidad, se avalaron las reformas a la Ley General y al Código Civil. En la tercera, hubo votos en contra del ministro Giovanni Figueroa Mejía y de las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf, quienes rechazaron los cambios al Código Penal Federal, que fija las penas por violencia vicaria.

Ortiz Ahlf argumentó que los artículos 343 Ter 2 y 343 Quáter son imprecisos, no definen la conducta como delito autónomo y vulneran el principio de legalidad.

“De aprobar este precedente, estaríamos corriendo un riesgo muy alto porque la tipificación correcta en el derecho penal es un principio fundamental de todo sistema jurídico... si no se hace de manera adecuada, es un instrumento más de injusticia que de justicia”, advirtió.

Finalmente, los ministros acordaron incluir en el engrose un exhorto al Congreso de la Unión para que precise la redacción y elimine la ambigüedad de la norma.

En la sesión de ayer, también se incorporó de manera presencial, por primera vez, el ministro Arístides Guerrero, a 52 días de haber sufrido un accidente vehicular.