Sábado 3 de mayo de 2025, p. 22
Tepic, Nay., El Congreso de Nayarit aprobó reformas al Código Penal local que endurecen las sanciones por el delito de feminicidio, en particular cuando se cometa en presencia de los hijos, hijas o familiares cercanos de la víctima.
Con esta modificación, las penas podrán alcanzar hasta 75 años de prisión y el agresor, en caso de ser familiar cercano, perderá la patria potestad, la tutela, los derechos sobre la herencia y no podrán cuidar de los menores. Una acción legal del cambio es que quien cometa feminicidio tendrá que cubrir la reparación integral del daño de la víctima o los familiares, incluida atención médica y sicológica, así como los tratamientos.
Con ello, se reformó y adicionaron diversas disposiciones del artícu-lo 361 del Código Penal del estado, en materia de agravante y reparación integral del daño por feminicidio, un proyecto planteado por la diputada Jocelyn Fernández Molina de Redes Sociales Progresistas.
La también presidenta de la Comisión especial de Investigación en materia de Feminicidio señaló: “no podemos ser indolentes u omisos ante crímenes de naturaleza tan abominable como el señalado. Uno de los objetivos de la comisión es salvaguardar los derechos de quienes se han visto afectadas y afectados por este tipo de violencia.
Créanme cuando digo que esta vía no ha sido sencilla, no es fácil escuchar de viva voz los relatos de las familias, ver los rostros de tristeza y desasosiego de las hijas e hijos que perdieron a su madre, no hay palabras que puedan devolver esa vida o mitigar ese dolor y es este acompañamiento el que nos ha impulsado desde el ámbito legislativo a buscar una efectiva impartición de justicia que no deje sin castigo estos delitos.
El Código Penal estatal que regula el delito de feminicidio indicaba que impone de 40 a 60 años de prisión y multa de 500 a mil días. Su actualización incluye que se considerará tentativa de feminicidio, cuando se intente dolosamente privar de la vida a una mujer por razón de género y no se concrete”. En los agravantes, se regulan varios donde se sancionan con una pena de 50 a 65 años de prisión y multa de 600 a mil 200 días.
Finalmente precisa: cuando algún servidor público retarde o entorpezca la procuración o administración de justicia en dicho delito se impondrá prisión de tres a ocho años, multa de 500 a mil 500 días, además de ser destituido e inhabilitado de 3 a 10 años.