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Promotores de la revocación se quejan por fiscalización del IECM

Sus requisitos desalientan la participación, dicen

 
Periódico La Jornada
Jueves 4 de mayo de 2023, p. 27

Con la presentación de un juicio, vecinos que participan en el comité promotor para la revocación de mandato del alcalde de Miguel Hidalgo, Mauricio Tabe, se quejaron de que el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) va a fiscalizar a los ciudadanos sin que tenga las facultades para hacerlo.

Los inconformes impugnaron el acuerdo emitido por el organismo el viernes pasado, al argumentar que el instituto no tiene el derecho para solicitar informes de origen y destino de recursos a los ciudadanos que promueven mecanismos de democracia directa.

A la ciudadanía no puede sometérsele a un esquema de fiscalización similar al de los partidos políticos o candidatos. Se trata de procesos de naturaleza distinta en los que no se reciben prerrogativas ni recursos públicos, se lee en el documento de queja tramitado ante el Tribunal Electoral local.

Los inconformes también impugnaron la obligación impuesta por el IECM de que su grupo cuente con cédula del Registro Federal de Contribuyentes, uso de una cuenta bancaria y monto máximo de recursos en efectivo.

Dichos requisitos administrativos, además de excesivos, carecen de fundamento en la normatividad existente e inhiben a la ciudadanía a participar en este tipo de mecanismos.

El lunes 8 de mayo vence el plazo para que los comités interesados presenten las firmas requeridas a fin de solicitar la revocación de mandato de alcaldes, diputados locales y concejales.

Por su parte, el Frente por la Defensa de los Derechos de los Pueblos y Barrios de Anáhuac anunció que impugnará el protocolo de actuación que avaló el IECM para dar apoyo a las comunidades en los procesos de elección de sus autoridades tradicionales y representativas.

El colectivo comenzó a recabar firmas con la finalidad de promover un juicio de protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos, al advertir que sólo aplicaría para los 50 pueblos y barrios reconocidos por el organismo, el cual no se sometió a consulta de las comunidades y presupone formas de organización como si fueran iguales en todas ellas, entre otras.