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Vulneró gobernadora de Tlaxcala principio de imparcialidad en Hidalgo: TEPJF

Sanciona a Morena y a su líder por llamar traidores a la patria a legisladores opositores

 
Periódico La Jornada
Viernes 7 de octubre de 2022, p. 10

La sala regional especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que la gobernadora de Tlaxcala, Lorena Cuéllar, vulneró el principio de imparcialidad por su participación en actos proselitistas en Hidalgo, el 14 de mayo pasado, a favor de Julio Menchaca, entonces candidato a la gubernatura de ese estado; en tanto que éste fue sancionado al determinarse que el actuar de la mandataria local lo benefició.

En sesión, los magistrados también concluyeron que Morena y su dirigente nacional, Mario Delgado, así como Adriana Armenta, no cometieron violencia política en razón de género contra las mujeres al señalar como traidores a la patria a quienes votaron contra la reforma eléctrica, en abril pasado; sin embargo, sí determinaron la existencia de calumnia contra una diputada federal y se les impuso la multa económica por 57 mil 732 pesos, 33 mil 677 y 7 mil 216, respectivamente.

Sobre la queja que presentaron el PRI y PRD contra Cuéllar, Menchaca y los partidos Morena, del Trabajo y Nueva Alianza, el pleno aprobó por unanimidad que la gobernadora de Tlaxcala vulneró los principios de imparcialidad y neutralidad porque durante un mitin realizado en Atlapexco emitió un mensaje en el que si bien no convocó expresamente a que votaran por el entonces candidato, sí utilizó expresiones equivalentes. Por ello, se dará vista al Congreso estatal para que determine la sanción correspondiente.

En cuanto al beneficio indirecto que obtuvo Menchaca, se le impondrá una multa económica por 9 mil 622 pesos.

Respecto a la denuncia contra Morena e integrantes de su Comité Ejecutivo Nacional por señalar a los legisladores que votaron contra la reforma eléctrica como traidores a la patria, los magistrados aprobaron por mayoría la inexistencia de la violencia política en razón de género porque en las publicaciones denunciadas no se aprecia el fomento de estereotipos por condición de mujer.

Sobre el tema de calumnia, se determinó existente dado que las publicaciones denunciadas imputan el delito de traición a la patria a la quejosa y no tienen sustento de veracidad.